This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Document 32002R1088
Commission Regulation (EC) No 1088/2002 of 21 June 2002 concerning tenders submitted in response to the invitation to tender for the export to certain third countries of wholly milled medium and long grain A rice issued in Regulation (EC) No 2009/2001
Reglamento (CE) n° 1088/2002 de la Comisión, de 21 de junio de 2002, relativo a las ofertas presentadas para la exportación de arroz blanqueado de grano medio y largo A con destino a determinados terceros países en el marco de la licitación contemplada en el Reglamento (CE) n° 2009/2001
Reglamento (CE) n° 1088/2002 de la Comisión, de 21 de junio de 2002, relativo a las ofertas presentadas para la exportación de arroz blanqueado de grano medio y largo A con destino a determinados terceros países en el marco de la licitación contemplada en el Reglamento (CE) n° 2009/2001
DO L 164 de 22.6.2002, p. 30–30
(ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)
Reglamento (CE) n° 1088/2002 de la Comisión, de 21 de junio de 2002, relativo a las ofertas presentadas para la exportación de arroz blanqueado de grano medio y largo A con destino a determinados terceros países en el marco de la licitación contemplada en el Reglamento (CE) n° 2009/2001
Diario Oficial n° L 164 de 22/06/2002 p. 0030 - 0030
Reglamento (CE) no 1088/2002 de la Comisión de 21 de junio de 2002 relativo a las ofertas presentadas para la exportación de arroz blanqueado de grano medio y largo A con destino a determinados terceros países en el marco de la licitación contemplada en el Reglamento (CE) n° 2009/2001 LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Visto el Reglamento (CE) n° 3072/95 del Consejo, de 22 de diciembre de 1995, por el que se establece la organización común de mercados del arroz(1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 411/2002 de la Comisión(2) y, en particular, el apartado 3 de su artículo 13, Considerando lo siguiente: (1) El Reglamento (CE) n° 2009/2001 de la Comisión(3), ha abierto una licitación para la restitución a la exportación de arroz. (2) De acuerdo con el artículo 5 del Reglamento (CEE) n° 584/75 de la Comisión(4), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 299/95(5), la Comisión, basándose en las ofertas presentadas y, de acuerdo con el procedimiento previsto en el artículo 22 del Reglamento (CE) n° 3072/95, podrá decidir no dar curso a la licitación. (3) Teniendo en cuenta los criterios previstos en el artículo 13 del Reglamento (CE) n° 3072/95, no resulta conveniente proceder a la fijación de una restitución máxima. (4) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de los cereales. HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO: Artículo 1 No se dará curso a las ofertas presentadas del 14 al 20 de junio de 2002 en el marco de la licitación de la restitución a la exportación de arroz blanqueado de grano medio y largo A con destino a determinados terceros países contemplada en el Reglamento (CE) n° 2009/2001. Artículo 2 El presente Reglamento entrará en vigor el 22 de junio de 2002. El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro. Hecho en Bruselas, el 21 de junio de 2002. Por la Comisión Franz Fischler Miembro de la Comisión (1) DO L 329 de 30.12.1995, p. 18. (2) DO L 62 de 5.3.2002, p. 27. (3) DO L 272 de 13.10.2001, p. 17. (4) DO L 61 de 7.3.1975, p. 25. (5) DO L 35 de 15.2.1995, p. 8.