Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 31998D0686

    98/686/CE: Decisión del Consejo de 23 de marzo de 1998 relativa a la celebración por la Comunidad Europea del Protocolo del Convenio de 1979 sobre contaminación atmosférica transfronteriza a gran distancia, relativo a nuevas reducciones de las emisiones de azufre

    DO L 326 de 3.12.1998, p. 34–34 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

    Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (CS, ET, LV, LT, HU, MT, PL, SK, SL, BG, RO, HR)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/1998/686/oj

    Related international agreement

    31998D0686

    98/686/CE: Decisión del Consejo de 23 de marzo de 1998 relativa a la celebración por la Comunidad Europea del Protocolo del Convenio de 1979 sobre contaminación atmosférica transfronteriza a gran distancia, relativo a nuevas reducciones de las emisiones de azufre

    Diario Oficial n° L 326 de 03/12/1998 p. 0034 - 0034


    DECISIÓN DEL CONSEJO de 23 de marzo de 1998 relativa a la celebración por la Comunidad Europea del Protocolo del Convenio de 1979 sobre contaminación atmosférica transfronteriza a gran distancia, relativo a nuevas reducciones de las emisiones de azufre (98/686/CE)

    EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, el apartado 1 de su artículo 130 S, en conjunción con la primera frase del apartado 2 y el párrafo primero del apartado 3 de su artículo 228,

    Vista la propuesta de la Comisión (1),

    Visto el dictamen del Parlamento Europeo (2),

    Considerando que el 14 de junio de 1994, la Comunidad firmó el Protocolo del Convenio de 1979 sobre la contaminación atmosférica transfronteriza a gran distancia, relativo a nuevas reducciones de las emisiones de azufre, en adelante «el Protocolo»;

    Considerando que el Protocolo tiene por objeto establecer límites máximos con respecto a las emisiones de azufre para todas las partes contratantes del Convenio;

    Considerando que las medidas previstas en el Protocolo contribuyen a la consecución de los objetivos de la política comunitaria en materia de medio ambiente;

    Considerando que la Comunidad y los Estados miembros, en el marco de sus respectivas competencias, cooperan con terceros países y organizaciones internacionales competentes;

    Considerando que conviene, por consiguiente, que la Comunidad apruebe el Protocolo,

    DECIDE:

    Artículo 1

    Queda aprobado, en nombre de la Comunidad, el Protocolo del Convenio de 1979 sobre la contaminación atmosférica transfronteriza a gran distancia, relativo a nuevas reducciones de las emisiones de azufre, firmado el 14 de junio de 1994.

    El texto del Protocolo figura adjunto a la presente Decisión.

    Junto con el instrumento de aprobación se depositará la siguiente Declaración:

    «la Comunidad Europea declara que el límite máximo de emisiones y el porcentaje medio ponderado relativo a la Comunidad Europea no debería sobrepasar la suma de las obligaciones de los Estados miembros de la Unión Europea que hayan ratificado el Protocolo, aunque hace hincapié en que todos sus Estados miembros deberán reducir sus emisiones de SO2 de acuerdo con los límites máximos de emisión establecidos en el anexo II del Protocolo, y de conformidad con la legislación comunitaria pertinente.».

    Artículo 2

    Se autoriza al presidente del Consejo para que designe la persona facultada para depositar el instrumento de aprobación y la Declaración contenida en el artículo 1 ante el Secretario General de las Naciones Unidas, con arreglo al artículo 14 del mencionado Protocolo.

    Artículo 3

    La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

    Hecho en Bruselas, el 23 de marzo de 1998.

    Por el Consejo

    El Presidente

    M. MEACHER

    (1) DO C 190 de 21.6.1997, p. 13.

    (2) DO C 14 de 19.1.1998.

    Top