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Document 31984R0013
Commission Regulation (EEC) No 13/84 of 4 January 1984 supplementing Regulation (EEC) No 1859/82 concerning the selection of returning holdings for the purpose of determining incomes of agricultural holdings
Reglamento (CEE) n° 13/84 de la Comisión, de 4 de enero de 1984, por el que se completa el Reglamento (CEE) n° 1859/82 relativo a la selección de las explotaciones contables para el registro de las rentas en las explotaciones agrícolas
Reglamento (CEE) n° 13/84 de la Comisión, de 4 de enero de 1984, por el que se completa el Reglamento (CEE) n° 1859/82 relativo a la selección de las explotaciones contables para el registro de las rentas en las explotaciones agrícolas
DO L 3 de 5.1.1984, p. 11–12
(DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL) Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales
(ES, PT, FI, SV)
No longer in force, Date of end of validity: 31/12/1994; derog. impl. por 31996R1381
Relation | Act | Comment | Subdivision concerned | From | To |
---|---|---|---|---|---|
Modifies | 31982R1859 | complemento | anexo 1 | 01/01/1983 |
Relation | Act | Comment | Subdivision concerned | From | To |
---|---|---|---|---|---|
Implicitly repealed by | 31996R1381 | 01/01/1995 |
Reglamento (CEE) n° 13/84 de la Comisión, de 4 de enero de 1984, por el que se completa el Reglamento (CEE) n° 1859/82 relativo a la selección de las explotaciones contables para el registro de las rentas en las explotaciones agrícolas
Diario Oficial n° L 003 de 05/01/1984 p. 0011 - 0012
Edición especial en finés : Capítulo 3 Tomo 17 p. 0027
Edición especial en español: Capítulo 03 Tomo 29 p. 0207
Edición especial sueca: Capítulo 3 Tomo 17 p. 0027
Edición especial en portugués: Capítulo 03 Tomo 29 p. 0207
REGLAMENTO ( CEE ) N º 13/84 DE LA COMISIÓN de 4 de enero de 1984 por el que se completa el Reglamento ( CEE ) n º 1859/82 relativo a la selección de las explotaciones contables para el registro de las rentas en las explotaciones agrícolas LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS , Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea , Visto el Reglamento n º 79/65/CEE del Consejo , de 15 de julio de 1965 , por el que se crea una red de información contable agrícola sobre las rentas y la economía de las explotaciones agrícolas en la Comunidad Económica Europea (1) , modificado en último lugar por el Reglamento ( CEE ) n º 2143/81 (2) , y , en particular , el apartado 4 de su artículo 4 , el apartado 5 de su artículo 5 y el apartado 2 de su artículo 6 , Considerando que el Reglamento ( CEE ) n º 1859/82 de la Comisión de 12 de julio de 1982 relativo a la selección de las explotaciones contables para el registro de las rentas en las explotaciones agrícolas (3) no ha fijado en su Anexo I el reparto del número de explotaciones contables en Italia entre las circunscripciones para el ejercicio contable 1983 ; que es conveniente , por consiguiente , completar dicho Anexo en tal sentido ; Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité comunitario de la red de información contable agrícola , HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO : Artículo 1 En el Anexo I del Reglamento ( CEE ) n º 1859/82 , se completa la tabla relativa a Italia del modo siguiente : Número de orden * Designación de las circunscripciones * Número de explotaciones contables para el ejercicio contable 1983 * * ITALIA * * 221 * Val d'Aosta * 206 * 222 * Piemonte * 752 * 230 * Lombardía * 2 641 * 241 * Trentino * 285 * 242 * Alto Adigio * 415 * 243 * Veneto * 851 * 244 * Friuli-Venezia Giulia * 428 * 250 * Liguria * 403 * 260 * Emilia-Romagna * 1 541 * 270 * Toscana * 907 * 281 * Marche * 502 * 282 * Umbria * 642 * 291 * Lazio * 620 * 292 * Abruzzos * 269 * 301 * Molise * 237 * 302 * Campania * 422 * 303 * Calabria * 471 * 311 * Puglia * 599 * 312 * Basilicata * 394 * 320 * Sicilia * 698 * 330 * Sardegna * 716 * * Total de Italia * 14 000 * Artículo 2 El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas . Será aplicable a partir del ejercicio contable de 1983 . El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro . Hecho en Bruselas , el 4 de enero de 1984 . Por la Comisión Poul DALSAGER Miembro de la Comisión (1) DO n º 109 de 23 . 6 . 1965 , p. 1859/65 . (2) DO n º L 210 de 30 . 7 . 1981 , p. 1 . (3) DO n º L 205 de 13 . 7 . 1982 , p. 5 .