This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Document 31981R0610
Commission Regulation (EEC) No 610/81 of 9 March 1981 amending Regulation (EEC) No 332/80 amending for the eighth time Regulation (EEC) No 1528/78 laying down detailed rules for the application of the system of aid for dried fodder
Reglamento (CEE) n° 610/81 de la Comisión, de 9 de marzo de 1981, por el que se modifica el Reglamento (CEE) n° 332/80 sobre la octava modificación del Reglamento (CEE) n° 1528/78 sobre modalidades de aplicación del régimen de ayuda para las forrajes desecados
Reglamento (CEE) n° 610/81 de la Comisión, de 9 de marzo de 1981, por el que se modifica el Reglamento (CEE) n° 332/80 sobre la octava modificación del Reglamento (CEE) n° 1528/78 sobre modalidades de aplicación del régimen de ayuda para las forrajes desecados
DO L 63 de 10.3.1981, p. 8–8
(DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL) Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales
(ES, PT)
No longer in force, Date of end of validity: 01/04/1995
Relation | Act | Comment | Subdivision concerned | From | To |
---|---|---|---|---|---|
Modifies | 31980R0332 | supresión | artículo 2.2 | 01/03/1981 |
Reglamento (CEE) n° 610/81 de la Comisión, de 9 de marzo de 1981, por el que se modifica el Reglamento (CEE) n° 332/80 sobre la octava modificación del Reglamento (CEE) n° 1528/78 sobre modalidades de aplicación del régimen de ayuda para las forrajes desecados
Diario Oficial n° L 063 de 10/03/1981 p. 0008 - 0008
Edición especial en español: Capítulo 03 Tomo 21 p. 0048
Edición especial en portugués: Capítulo 03 Tomo 21 p. 0048
REGLAMENTO ( CEE ) N º 610/81 DE LA COMISIÓN del 9 de marzo de 1981 por el que se modifica el Reglamento ( CEE ) n º 332/80 sobre la octava modificación del Reglamento ( CEE ) n º 1528/78 sobre modalidades de aplicación del régimen de ayuda para los forrajes desecados LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS , Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea , Visto el Reglamento ( CEE ) n º 1117/78 del Consejo , de 22 de mayo de 1978 , sobre organización común de mercados en el sector de los forrajes desecados (1) , modificados un último lugar por el Acta de adhesión de Grecia y en particular , el apartado 3 de su artículo 6 , Considerando que el Reglamento ( CEE ) n º 1528/78 de la Comisión (2) , modificado en último lugar por el Reglamento ( CEE ) n º 26/81 (3) , ha adoptado las modalidades de pago de las ayudas para los forrajes desecados ; Considerando que el Reglamento ( CEE ) n º 332/80 de la Comisión (4) ha previsto que las ayudas de que se trate puedan anticiparse supeditadas a la prestación de una fianza que debe liberarse en el momento del reconocimiento del derecho a la ayuda ; que , no obstante , dicha medida se limita a las solicitudes presentadas hasta el 28 de febrero de 1981 ; Considerando que , teniendo en cuenta la experiencia adquirida , es conveniente que dichos anticipos de ayuda puedan otorgarse más allá del 28 de febrero de 1981 , que , en consecuencia , debe suprimirse el segundo párrafo del artículo 2 del Reglamento ( CEE ) n º 332/80 ; Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento concuerdan con el dictamen del Comité de gestión de los forrajes desecados , HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO : Artículo 1 Se suprimirá el segundo párrafo del artículo 2 del Reglamento ( CEE ) n º 332/80 . Artículo 2 El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas . Será aplicable a partir del 1 de marzo de 1981 . El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro . Hecho en Bruselas , el 9 de marzo de 1981 . Por la Comisión Poul DALSAGER Miembro de la Comisión (1) DO n º L 142 de 30 . 5 . 1978 , p. 1 . (2) DO n º L 179 de 1 . 7 . 1978 , p. 10 . (3) DO n º L 2 de 1 . 1 . 1981 , p. 19 . (4) DO n º L 37 de 14 . 2 . 1980 , p. 11 .