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Document 22018D0809
Decision of the EEA Joint Committee No 116/2017 of 13 June 2017 amending Protocol 31 to the EEA Agreement, on cooperation in specific fields outside the four freedoms [2018/809]
Decisión del Comité Mixto del EEE n.° 116/2017, de 13 de junio de 2017, por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertades [2018/809]
Decisión del Comité Mixto del EEE n.° 116/2017, de 13 de junio de 2017, por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertades [2018/809]
DO L 142 de 7.6.2018, p. 39–39
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
| Relation | Act | Comment | Subdivision concerned | From | To |
|---|---|---|---|---|---|
| Modifies | 21994A0103(32) | sustitución | artículo 7 apartado 11 texto | 01/01/2017 |
|
7.6.2018 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 142/39 |
DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE
N.o 116/2017
de 13 de junio de 2017
por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertades [2018/809]
EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo, «Acuerdo EEE», y en particular sus artículos 86 y 98,
Considerando lo siguiente:
|
(1) |
Procede mantener la cooperación de las Partes contratantes en el Acuerdo EEE en las acciones de la Unión financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión Europea relativas a la aplicación y desarrollo del mercado único en el sector de los servicios financieros. |
|
(2) |
Por consiguiente, para que esta cooperación ampliada pueda empezar a partir del 1 de enero de 2017, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras «el ejercicio financiero 2016» se sustituyen por las palabras «los ejercicios financieros 2016 y 2017».
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*1).
Se aplicará a partir del 1 de enero de 2017.
Artículo 3
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 13 de junio de 2017.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Claude MAERTEN
(*1) No se han indicado preceptos constitucionales.