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Document 12016E221

    Versión consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea
    QUINTA PARTE - ACCIÓN EXTERIOR DE LA UNIÓN
    TÍTULO VI - RELACIONES DE LA UNIÓN CON LAS ORGANIZACIONES INTERNACIONALES Y CON TERCEROS PAÍSES Y DELEGACIONES DE LA UNIÓN
    Artículo 221

    DO C 202 de 7.6.2016, p. 147–147 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/treaty/tfeu_2016/art_221/oj

    7.6.2016   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 202/147


    Artículo 221

    1.   Las delegaciones de la Unión en terceros países y ante organizaciones internacionales asumirán la representación de la Unión.

    2.   Las delegaciones de la Unión estarán bajo la autoridad del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad. Actuarán en estrecha cooperación con las misiones diplomáticas y consulares de los Estados miembros.


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