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Document 12016E005
Consolidated version of the Treaty on the Functioning of the European Union#PART ONE - PRINCIPLES#TITLE I - CATEGORIES AND AREAS OF UNION COMPETENCE#Article 5
Versión consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea
PRIMERA PARTE - PRINCIPIOS
TÍTULO I - CATEGORÍAS Y ÁMBITOS DE COMPETENCIAS DE LA UNIÓN
Artículo 5
Versión consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea
PRIMERA PARTE - PRINCIPIOS
TÍTULO I - CATEGORÍAS Y ÁMBITOS DE COMPETENCIAS DE LA UNIÓN
Artículo 5
DO C 202 de 7.6.2016, p. 52–52
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
7.6.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 202/52 |
Artículo 5
1. Los Estados miembros coordinarán sus políticas económicas en el seno de la Unión. Con este fin, el Consejo adoptará medidas, en particular las orientaciones generales de dichas políticas.
Se aplicarán disposiciones particulares a los Estados miembros cuya moneda es el euro.
2. La Unión tomará medidas para garantizar la coordinación de las políticas de empleo de los Estados miembros, en particular definiendo las orientaciones de dichas políticas.
3. La Unión podrá tomar iniciativas para garantizar la coordinación de las políticas sociales de los Estados miembros.