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Document 32024R2642R(01)

Corrección de errores del Reglamento (UE) 2024/2642 del Consejo, de 8 de octubre de 2024, por el que se adoptan medidas restrictivas habida cuenta de las actividades desestabilizadoras de Rusia (DO L, 2024/2642, 9.10.2024)

ST/14843/2024/INIT

OJ L, 2024/90665, 31.10.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/2642/corrigendum/2024-10-31/oj (ES, MT)

ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/2642/corrigendum/2024-10-31/oj

European flag

Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie L


2024/90665

31.10.2024

Corrección de errores del Reglamento (UE) 2024/2642 del Consejo, de 8 de octubre de 2024, por el que se adoptan medidas restrictivas habida cuenta de las actividades desestabilizadoras de Rusia

( Diario Oficial de la Unión Europea L, 2024/2642, 9 de octubre de 2024 )

1)

En la página 3, en el artículo 2, apartado 3, letra a):

donde dice:

«a)

responsables de acciones o medidas del Estado de la Federación de Rusia que menoscaban o amenazan la democracia, el Estado de Derecho, la estabilidad o la seguridad en la Unión o en uno o varios de sus Estados miembros, o en una organización internacional, o en un tercer Estado o que menoscaban o amenazan la soberanía, o la independencia, en uno o varios de sus Estados miembros, o en un tercer Estado, mediante una de las acciones siguientes:»,

debe decir:

«a)

responsables de acciones o medidas del Gobierno de la Federación de Rusia que menoscaban o amenazan la democracia, el Estado de Derecho, la estabilidad o la seguridad en la Unión o en uno o varios de sus Estados miembros, o en una organización internacional, o en un tercer Estado o que menoscaban o amenazan la soberanía, o la independencia, de uno o varios de sus Estados miembros, o de un tercer Estado, o que las ejecuten, apoyen o se beneficien de ellas, mediante una de las acciones siguientes:».

2)

En la página 3, en el artículo 2, apartado 3, letra a), inciso v):

donde dice:

«v)

planificar, dirigir, emprender, directa o indirectamente, apoyar o facilitar de otro modo toda acción dirigida contra el funcionamiento de las instituciones democráticas, las actividades económicas o los servicios de interés público, incluida la entrada no autorizada en el territorio de un Estado miembro, incluido su espacio aéreo, o que tengan por objeto interferir, dañar o destruir las infraestructuras críticas, incluidas las infraestructuras submarinas»,

debe decir:

«v)

planificar, dirigir, emprender, directa o indirectamente, apoyar o facilitar de otro modo toda acción dirigida contra el funcionamiento de las instituciones democráticas, las actividades económicas o los servicios de interés público, incluida la entrada no autorizada en el territorio de un Estado miembro, incluido su espacio aéreo, o que tengan por objeto interferir, dañar o destruir, incluido a través del sabotaje o actividades informáticas malintencionadas, las infraestructuras críticas, incluidas las infraestructuras submarinas».

3)

En la página 4, en el artículo 3, apartado 1, letra a):

donde dice:

«a)

son necesarios para satisfacer las necesidades básicas de las personas físicas o jurídicas entidades u órganos enumeradas en el anexo y de los familiares a su cargo, incluido el pago de alimentos, alquileres o hipotecas, medicamentos y tratamientos médicos, impuestos, primas de seguros y tasas de servicios públicos;»,

debe decir:

«a)

son necesarios para satisfacer las necesidades básicas de las personas físicas o jurídicas entidades u órganos enumeradas en el anexo I y de los familiares a su cargo, incluido el pago de alimentos, alquileres o hipotecas, medicamentos y tratamientos médicos, impuestos, primas de seguros y tasas de servicios públicos;».

4)

En la página 4, en el artículo 4, apartado 1:

donde dice:

«1)   El artículo 2, apartados 1 y 2 no se aplicará a la prestación, procesamiento o pago de los fondos, otros activos financieros o recursos económicos o a la provisión de bienes y servicios que no sean necesarios para garantizar la entrega pronta de asistencia humanitaria o apoyen otras actividades que contribuyan a cumplir necesidades humanas básicas cuando dicha ayuda u otras actividades sean llevadas a cabo por:»

,

debe decir:

«1)   El artículo 2, apartados 1 y 2, no se aplicará a la prestación, procesamiento o pago de los fondos, otros activos financieros o recursos económicos o a la provisión de bienes y servicios que sean necesarios para garantizar la entrega pronta de asistencia humanitaria o apoyen otras actividades que contribuyan a cumplir necesidades humanas básicas cuando dicha ayuda u otras actividades sean llevadas a cabo por:».


ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/2642/corrigendum/2024-10-31/oj

ISSN 1977-0685 (electronic edition)


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