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Document 01993L0119-20130101
Council Directive 93/119/EC of 22 December 1993 on the protection of animals at the time of slaughter or killing
Consolidated text: Directiva 93/119/CE del Consejo de 22 de diciembre de 1993 relativa a la protección de los animales en el momento de su sacrificio o matanza
Directiva 93/119/CE del Consejo de 22 de diciembre de 1993 relativa a la protección de los animales en el momento de su sacrificio o matanza
1993L0119 — ES — 01.01.2013 — 003.001
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DIRECTIVA 93/119/CE DEL CONSEJO de 22 de diciembre de 1993 relativa a la protección de los animales en el momento de su sacrificio o matanza (DO L 340, 31.12.1993, p.21) |
Modificado por:
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Diario Oficial |
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No |
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date |
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REGLAMENTO (CE) No 806/2003 DEL CONSEJO de 14 de abril de 2003 |
L 122 |
1 |
16.5.2003 |
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REGLAMENTO (CE) No 1/2005 DEL CONSEJO de 22 de diciembre de 2004 |
L 3 |
1 |
5.1.2005 |
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REGLAMENTO (CE) No 1099/2009 DEL CONSEJO de 24 de septiembre de 2009 |
L 303 |
1 |
18.11.2009 |
DIRECTIVA 93/119/CE DEL CONSEJO
de 22 de diciembre de 1993
relativa a la protección de los animales en el momento de su sacrificio o matanza
▼M3 —————
ANEXO A
REQUISITOS APLICABLES AL TRASLADO Y A LA ESTABULACIÓN DE LOS ANIMALES EN LOS MATADEROS
I. Requisitos generales
1. |
Los mataderos que entren en funcionamiento después del 30 de junio de 1994 dispondrán de equipos e instalaciones apropiados para descargar los animales de los medios de transporte. Los mataderos ya existentes deberán ajustarse a dichas disposiciones antes del 1 de enero de 1996. |
▼M3 —————
II. Requisitos para los animales que no sean expedidos en contenedores
1. |
Cuando los mataderos dispongan de equipos para la descarga de los animales, tendrán un pavimento que no sea resbaladizo, y, en caso necesario, contarán con protección lateral. Los puentes, rampas y pasillos dispondrán de paredes, barandillas u otros medios de protección que eviten la caída de los animales fuera de ellos. La inclinación de las rampas de salida o de acceso será la mínima posible. |
▼M3 —————
3. |
►M3 ————— ◄ Los corredores estarán diseñados de tal modo que se reduzca al mínimo el riesgo de que los animales puedan herirse y su disposición permita aprovechar la naturaleza gregaria de éstos. ►M3 ————— ◄ |
▼M3 —————
6. |
Sin perjuicio de las excepciones que se concedan a tenor de las disposiciones establecidas en los artículos 4 y 13 de la Directiva 64/433/CEE, los mataderos deberán disponer, para estabular adecuadamente los animales, de un número suficiente de corrales dotados de protección para resguardarlos de la intemperie. |
7. |
Además de cumplir los requisitos exigidos en otras normas comunitarias, los locales de estabulación deberán contar con: — suelos que reduzcan al mínimo el riesgo de resbalamiento y que no causen heridas a los animales que estén en contacto con ellos; — ventilación adecuada para las condiciones extremas previsibles de temperatura y humedad. Cuando sea necesario un sistema de ventilación mecánica, se dispondrá de un sistema de recambio que en caso de avería entre en funcionamiento inmediatamente; — iluminación de intensidad suficiente para poder examinar todos los animales en cualquier momento, debiendo disponerse en caso de necesidad de una iluminación artificial de recambio adecuada; — si ha lugar, dispositivos para atar los animales con ronzales; — en caso necesario, cantidades suficientes de cama adecuada para todos los animales que pasen la noche en dichos locales. |
8. |
Si, además de los locales de estabulación citados anteriormente, los mataderos dispusieren de prados para el ganado sin abrigo o sombra naturales, se instalará una protección adecuada para resguardarlos de la intemperie. Las condiciones de mantenimiento de los prados garantizarán que la salud de los animales no se vea amenazada por factores físicos, químicos e de otra índole. |
9. |
Los animales que no sean trasladados directamente al lugar de sacrificio después de su llegada, deberán tener constantemente a su disposición agua potable distribuida permanentemente mediante equipos adecuados. ►M3 ————— ◄ |
▼M3 —————
ANEXO C
ATURDIDO Y MATANZA DE LOS ANIMALES DISTINTOS DE LOS ANIMALES DE PELO
▼M3 —————
II. REQUISITOS ESPECÍFICOS PARA EL ATURDIDO
▼M3 —————
3. Electronarcosis
A. Electrodos
▼M3 —————
2) |
Cuando los animales sean aturdidos individualmente, el aparato: a) irá provisto de un dispositivo que mida la impedancia de la carga e impida su funcionamiento si no circula la intensidad mínima requerida; b) irá provisto de un dispositivo acústico o visual que indique el tiempo de su aplicación al animal; c) estará conectado a un dispositivo que indique la tensión y la intensidad de la corriente, colocado donde el operario pueda verlo con claridad. |
B. Tanques de agua
1) |
Cuando se empleen tanques de agua para el aturdido de aves de corral, deberá ser posible regular el nivel del agua de modo que permita un buen contacto con la cabeza del ave. ▼M3 ————— |
2) |
Cuando las aves de corral sean aturdidas por grupos en un tanque de agua, se mantendrá un voltaje suficiente para producir una corriente de una intensidad eficaz para conseguir el aturdido de todas y cada una de las aves. |
▼M3 —————
4) |
Los tanques de agua para aves de corral tendrán un tamaño y una profundidad adecuados al tipo de ave que vaya a sacrificarse y no se desbordarán a la entrada. El electrodo que se sumerja en el agua tendrá la longitud del tanque de agua. |
▼M3 —————
4. Exposición al dióxido de carbono
▼M3 —————
2) |
La cámara donde los cerdos sean expuestos al gas y el equipo utilizado para transportarlos a través de ella estarán diseñados, construidos y conservados de tal modo que se evite ocasionar heridas a los animales y comprimirles el tórax, y de forma que puedan permanecer en pie hasta la pérdida de consciencia. El equipo transportador y la cámara estarán debidamente iluminados a fin de que los cerdos puedan verse entre sí o ver lo que los circunde. |
3) |
La cámara contará con dispositivos que midan la concentración de gas en el punto de máxima exposición. Dichos dispositivos deberán emitir una señal de alerta que pueda verse y oírse perfectamente si la concentración de dióxido de carbono descendiere por debajo del nivel exigido. |
▼M3 —————