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La numeración de los actos varía según el tipo de acto y el año de publicación.
Con excepción de los acuerdos internacionales y las correcciones de errores, a todos los actos y textos se les atribuye un número. Este número es único y puede formar parte del título o colocarse al final del título entre corchetes. También representa el número del Diario Oficial en el que se publica el acto o texto.
El número de un acto consta de tres partes.
| Abreviatura | Descripción |
|---|---|
| (UE) | Unión Europea |
| (Euratom) | Comunidad Europea de la Energía Atómica |
| (UE, Euratom) | Unión Europea y Comunidad Europea de la Energía Atómica |
| (PESC) | política exterior y de seguridad común |
NOTA: En el caso de determinados actos, el número asignado por la Oficina de Publicaciones no incluye el ámbito y figura entre corchetes al final del título. Este número no se considera parte del título y no se cita en las referencias al acto en cuestión.
Consulte el Libro de estilo interinstitucional para obtener más información sobre la numeración de los actos publicados en la serie L a lo largo del tiempo, la doble numeración, los actos y textos no numerados, etc.
Con excepción de las correcciones de errores, se asigna a los documentos publicados en la serie C un número de información que consta de los elementos siguientes:
El número de información es idéntico al número del Diario Oficial que figura en el encabezamiento del Diario Oficial.
Consulte el Libro de estilo interinstitucional para obtener más información sobre la numeración de los documentos publicados en la serie C a lo largo del tiempo, la numeración específica, los actos y textos no numerados, etc.