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Recursos propios de la Unión Europea

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Decisión (UE, Euratom) 2020/2053 sobre el sistema de recursos propios de la Unión Europea

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTA DECISIÓN?

La Decisión establece la forma en la que se financia el presupuesto anual de la Unión Europea (UE) mediante:

  • la modificación de algunas normas existentes;
  • la actualización de los límites máximos de los recursos propios;
  • la introducción de una nueva fuente de ingresos (basada en los residuos de envases de plástico no reciclados);
  • la facultad de la Comisión Europea para contraer empréstitos en mercados de capitales con el único propósito de hacer frente a la crisis ocasionada por la COVID-19.

PUNTOS CLAVE

El presupuesto anual de la UE está financiado por los Estados miembros de la UE, gracias a los siguientes recursos propios:

  • los recursos propios tradicionales: aunque antes de 1970 eran la principal fuente de ingresos, ahora se limitan a los derechos de aduana sobre las importaciones;
  • el impuesto sobre el valor añadido (IVA): se aplica un tipo uniforme del 0,30 % a la base armonizada del IVA de cada Estado miembro, que no excederá el 50 % de su renta nacional bruta;
  • la renta nacional bruta (RNB)*: una tasa uniforme sobre la RNB nacional que se acordará anualmente (con reducciones anuales a tanto alzado para Austria, Dinamarca, Alemania, los Países Bajos y Suecia);
  • los residuos de envases de plástico: se aplica una tasa uniforme de 0,80 EUR por kilogramo a la diferencia entre la cantidad de residuos de envases de plástico generados y reciclados (con reducciones anuales a tanto alzado para diecisiete Estados miembros cuya RNB se sitúa por debajo de la media de la UE).

El importe máximo del presupuesto anual («límite máximo de los recursos propios») se incrementa del 1,20 % al 1,40 % de la RNB de la UE para los pagos* y al 1,46 % para los compromisos* reflejando en particular la salida del Reino Unido de la UE.

Las siguientes condiciones especiales se aplican a las medidas para hacer frente a la crisis causada por la COVID-19 a través del Instrumento de Recuperación de la Unión Europea (EURI) — Reglamento (UE) 2020/2094 (véase la síntesis):

  • la Comisión puede obtener préstamos de hasta 750 000 millones EUR (a precios de 2018) en los mercados de capitales;
  • la suma se distribuye en 360 000 millones EUR para préstamos y 390 000 millones EUR para gastos;
  • los reembolsos del empréstito se efectúan con cargo al presupuesto de la UE, comenzarán antes de que finalice el marco financiero plurianual 2021-2027 [Reglamento (UE, Euratom) 2020/2093 — véase la síntesis] y finalizarán en su totalidad el 31 de diciembre de 2058 a más tardar;
  • la Comisión administra las operaciones de empréstito y mantiene informados periódicamente al Parlamento Europeo y al Consejo sobre su estrategia de gestión de la deuda;
  • los límites máximos para pagos (1,40 %) y compromisos (1,46 %) se incrementarán temporalmente en un 0,6 % con el propósito de cubrir los pasivos que se deriven de los empréstitos, pero no para otros gastos;
  • la Comisión podrá, como último recurso, pedir a los Estados miembros que realicen una contribución financiera adicional si es necesario para cubrir sus obligaciones del EURI.

Los ingresos de los recursos propios se utilizan para financiar todos los elementos del gasto de la UE en su presupuesto anual y todo excedente de un año se transfiere al siguiente.

Los Estados miembros son responsables de poner a disposición los recursos propios y también de recaudar los derechos de aduana en nombre de la UE. Los Estados miembros conservan el 25 % de las fuentes de ingresos tradicionales para cubrir sus costes.

Esta Decisión deroga la Decisión 2014/335/EU, Euratom.

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR ESTA DECISIÓN?

Se aplicará retroactivamente a partir del 1 de enero de 2021 tan pronto como sea ratificada por los veintisiete Estados miembros.

ANTECEDENTES

La Decisión debe ser aprobada/ratificada por los veintisiete Estados miembros para su entrada en vigor. Es parte de un paquete financiero más amplio que incluye:

TÉRMINOS CLAVE

Renta nacional bruta: producto interior bruto más ingresos netos del exterior de compensación de empleados, rentas de la propiedad e impuestos netos menos las subvenciones de explotación.
Pagos: gastos adeudados en el año en curso por compromisos jurídicos asumidos en ese año o antes.
Compromisos: coste total de las obligaciones jurídicas (contratos, convenios o decisiones de subvención) que puedan suscribirse en el ejercicio presupuestario actual.

DOCUMENTO PRINCIPAL

Decisión (UE, Euratom) 2020/2053 del Consejo, de 14 de diciembre de 2020, sobre el sistema de recursos propios de la Unión Europea y por el que se deroga la Decisión 2014/335/UE, Euratom (DO L 424 de 15.12.2020, pp. 1-10).

Las modificaciones sucesivas de la Decisión (UE, Euratom) 2020/2053 se han incorporado al texto básico. Esta versión consolidada tiene un valor meramente documental.

DOCUMENTOS CONEXOS

Reglamento (UE, Euratom) 2020/2093 del Consejo, de 17 de diciembre de 2020, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2021-2027 (DO L 433 I de 22.12.2020, pp. 11-22).

Véase la versión consolidada.

Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo, de 14 de diciembre de 2020, por el que se establece un Instrumento de Recuperación de la Unión Europea para apoyar la recuperación tras la crisis de la COVID-19 (DO L 433 I de 22.12.2020, pp. 23-27).

Acuerdo Interinstitucional, de 16 de diciembre de 2020, entre el Parlamento Europeo, el Consejo de la Unión Europea y la Comisión Europea sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera, así como sobre nuevos recursos propios, en particular una hoja de ruta para la introducción de nuevos recursos propios (DO L 433 I de 22.12.2020, pp. 28-46).

última actualización 23.03.2021

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