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El Reglamento se aplica a:
Los documentos de residencia que se expidan a ciudadanos de la UE deben contener, como mínimo:
Las tarjetas de residencia para miembros de la familia que no tengan la nacionalidad de un país de la UE:
Los países de la UE:
La Comisión Europea:
Está en vigor a partir del . A partir de esta fecha, todos los documentos nuevos de identidad y de residencia deben cumplir los nuevos criterios.
Reglamento (UE) 2019/1157 del Parlamento Europeo y del Consejo, de , sobre el refuerzo de la seguridad de los documentos de identidad de los ciudadanos de la Unión y de los documentos de residencia expedidos a ciudadanos de la Unión y a los miembros de sus familias que ejerzan su derecho a la libre circulación (DO L 188 de , pp. 67-78).
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