This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Acuerdo de Cooperación Científica y Tecnológica entre la Comunidad Europea y el Gobierno de Japón
El Acuerdo establece un marco formal para la cooperación, destinado a estimular, desarrollar y facilitar las actividades en los ámbitos de la ciencia y la tecnología con fines pacíficos.
Mediante su Decisión, el Consejo aprobó la celebración del Acuerdo en nombre de la Comunidad Europea (ahora la Unión Europea o la UE).
Las actividades realizadas en virtud del Acuerdo se basan en los siguientes principios:
El Acuerdo cubre dos tipos de actividades de cooperación, a saber:
El Acuerdo entró en vigor el por un período inicial de cinco años, tras el cual, seguirá en vigor a menos que alguna de las partes decida terminarlo.
El Acuerdo de Asociación Económica UE-Japón (que entró en vigor el ) y el Acuerdo de Asociación Estratégica UE-Japón (gran parte del cual entró provisionalmente en vigor el ) representan un importante fortalecimiento de la colaboración entre la UE y Japón.
Para más información, véase:
Para más información acerca de la cooperación con Japón en materia de investigación e innovación (I+i), véanse:
Acuerdo de Cooperación Científica y Tecnológica entre la Comunidad Europea y el Gobierno de Japón (DO L 90 de , pp. 2-7).
Decisión 2011/213/UE del Consejo, de , relativa a la celebración del Acuerdo de Cooperación Científica y Tecnológica entre la Comunidad Europea y el Gobierno de Japón (DO L 90 de , p. 1).
última actualización