This document is an excerpt from the EUR-Lex website
La presente Directiva se aplica a las formalidades informativas aplicables al transporte marítimo respecto de los buques a su llegada o salida de los puertos situados en los países de la UE.
Los países de la UE deben garantizar que las formalidades informativas de sus puertos se soliciten de manera armonizada y coordinada. El capitán o cualquier otra persona debidamente autorizada por el operador del buque deben notificar a la autoridad nacional competente, antes de la llegada a un puerto situado en un país de la UE, los datos exigidos por las formalidades informativas.
Los países de la UE:
Los buques incluidos en el ámbito de aplicación de la Directiva 2002/59/CE (véase la síntesis) y que operen entre puertos situados en el territorio aduanero de la UE, sin proceder de, hacer escala en o dirigirse a un puerto situado fuera de la UE, quedan exentos de la obligación de transmitir la información.
La Directiva 2010/65/UE queda derogada por el Reglamento (UE) 2019/1239 sobre un entorno europeo de ventanilla única marítima a partir del . El nuevo Reglamento establece el marco para un entorno europeo de ventanilla única marítima (EMSWe), tecnológicamente neutro e interoperable y con interfaces armonizadas para facilitar la transmisión electrónica de información relacionada con las obligaciones de información de los buques que entren, permanezcan y salgan de un puerto de la UE.
La Directiva está en vigor desde el y tenía que adquirir rango de ley en los países de la UE en esa misma fecha.
Para obtener más información, véase:
Tras el brote de COVID-19 y la introducción de medidas para hacer frente a los efectos de la crisis, la Comisión Europea ha adoptado:
Directiva 2010/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de , sobre las formalidades informativas exigibles a los buques a su llegada o salida de los puertos de los Estados miembros y por la que se deroga la Directiva 2002/6/CE (DO L 283 de , pp. 1-10).
Las modificaciones sucesivas de la Directiva 2010/65/UE se han incorporado al documento original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.
última actualización