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Protección de los intereses financieros de la UE contra el fraude y la corrupción (programa «Hércules III»)

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Reglamento (UE) n.° 250/2014 por el que se establece el programa «Hércules III»

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE REGLAMENTO?

El programa «Hércules III» financia proyectos que luchan contra el fraude, la corrupción y cualesquiera otras actividades ilegales (p. ej. el contrabando y la falsificación de cigarrillos) que afecten al presupuesto y los intereses financieros de la UE, protegiendo el dinero de los contribuyentes.

El programa está gestionado por la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF).

PUNTOS CLAVE

Los objetivos del programa son:

  • desarrollar nuevas acciones tanto a escala de la UE como de los países miembros para combatir el fraude y las actividades de falsificación;
  • incrementar la cooperación y la coordinación entre los países de la UE, la Comisión y la OLAF;
  • formar al personal de las administraciones, los tribunales, los sistemas coercitivos y los institutos de enseñanza e investigación, entre otros, de los países de la UE y de países de fuera de la UE, para prevenir el fraude.

En la adquisición conjunta de equipos y bases de datos especializados, Hércules III supondrá ahorros para todas las partes implicadas en la protección de los intereses financieros de la UE.

Acciones subvencionables

  • 1.
    La asistencia técnica para las autoridades de los países de la UE podría consistir, por ejemplo, en:
    • proporcionar conocimientos especializados, equipo técnicamente avanzado y herramientas de tecnología de la información para permitir la cooperación con autoridades de otros países de la UE y con la Comisión Europea;
    • garantizar el apoyo necesario para las investigaciones, particularmente el establecimiento de equipos de investigación conjunta y operaciones transfronterizas;
    • proporcionar apoyo técnico y operativo a las autoridades policiales y judiciales de los Estados miembros, y, en particular, a las autoridades aduaneras.
  • 2.
    Organización de actividades específicas de formación especializada y formación en análisis de riesgos para:
    • fomentar el intercambio de experiencias y buenas prácticas entre las autoridades pertinentes de los países participantes;
    • divulgar conocimientos, particularmente para una mejor identificación del riesgo a efectos de investigación;
    • sensibilizar en mayor medida a los jueces, magistrados y las profesiones jurídicas respecto de la necesidad de proteger los intereses financieros de la Unión.

Presupuesto

El presupuesto de Hércules III es de 104,9 millones de euros para el período 2014-2020. Como mínimo el 70 % se destina a financiar la asistencia técnica y como máximo el 25 % y el 5 %, respectivamente, a la formación y a otras acciones para alcanzar los objetivos de Hércules III.

El programa también está abierto a los países de la Asociación Europea de Libre Comercio que forman parte del Espacio Económico Europeo, los países socios de la Política Europea de Vecindad, los Estados adherentes y los países candidatos y candidatos potenciales.

¿A PARTIR DE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR EL REGLAMENTO?

Está en vigor desde el 1 de enero de 2014.

ANTECEDENTES

Para más información, véase:

DOCUMENTO PRINCIPAL

Reglamento (UE) n.º 250/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, por el que se establece un programa para promover actividades en el campo de la protección de los intereses financieros de la Unión Europea (programa «Hércules III»), y por el que se deroga la Decisión n.º 804/2004/CE (DO L 84, de 20.3.2014, pp. 6-13)

última actualización 03.11.2017

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