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Cooperación policial, migración, asilo y lucha contra la delincuencia: instrumentos financieros

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Reglamento (UE) n.o 514/2014 sobre el Fondo de Asilo, Migración e Integración y sobre el instrumento de apoyo financiero a la cooperación policial, a la prevención y la lucha contra la delincuencia y a la gestión de crisis

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE REGLAMENTO?

El presente Reglamento establece las normas comunes para la aplicación a lo largo del período 2014-2020 de tres reglamentos «específicos» de la Unión Europea (UE) por los que se establecen dos Fondos de Asuntos de Interior:

PUNTOS CLAVE

Principios de asistencia

El Reglamento establece las normas para la aplicación de estos dos Fondos de Asuntos de Interior, con los principios rectores, como el cumplimiento de la legislación nacional y de la UE, y la protección de los intereses financieros de la UE.

Acciones de la UE, ayuda de emergencia y asistencia técnica

Se establecen normas sobre las acciones financiadas por los Fondos de Asuntos de Interior aplicadas por la Comisión Europea de forma directa o indirecta (acciones de la UE: acciones que benefician al conjunto de la UE), así como para la ayuda de emergencia y la asistencia técnica.

Programas nacionales

Se explican las normas para la preparación y la aplicación de los programas nacionales, así como los criterios de subvencionabilidad de estos programas que son aplicados por los Estados miembros de la UE. Se establecen, asimismo, las normas sobre la gestión y el control de los fondos. Para garantizar una gestión cuidadosa de los fondos de la UE, se fijan normas sobre aspectos como:

  • la manera en que los Estados miembros designan a los organismos responsables de la gestión de los programas y el control del gasto;
  • la auditoría de los programas;
  • la suspensión de los pagos.

Información y comunicación, seguimiento y evaluación

El Reglamento establece las normas que deben seguirse en materia de información y publicidad. Por ejemplo, los resultados de los proyectos financiados por los Fondos de Asuntos de Interior deben comunicarse al público de forma transparente. Además, define métodos de seguimiento o evaluación, y fija las fechas en que la Comisión debe presentar los resultados al Parlamento Europeo.

Reglamentos de ejecución

La Comisión ha aprobado reglamentos de ejecución en los que se detallan las normas y los principios y que tratan específicamente aspectos técnicos, a saber:

Ampliación de la subvencionabilidad de los gastos de los Estados miembros

La invasión no provocada de Ucrania por parte de Rusia en febrero de 2022 ha dado lugar a una afluencia masiva de personas desplazadas de Ucrania hacia varios Estados miembros, lo que ejerce una presión renovada sobre los recursos financieros de los Estados miembros con el fin de abordar las necesidades urgentes en materia de migración, gestión de las fronteras y seguridad. El Reglamento de modificación (UE) 2022/585 ofrece flexibilidad en la gestión de los Fondos de Asuntos de Interior para 2014-2020 al ampliar su período de aplicación en un año. Por otra parte, también permite el uso excepcional de las cantidades asignadas a los Estados miembros no gastadas desde el período 2014-2020 del FAMI, con objeto de ayudarles a abordar circunstancias nuevas o imprevistas en materia de asilo y gestión de migraciones.

La Decisión (UE) 2022/1928 de la Comisión confirma la participación de Irlanda en el Reglamento (UE) 2022/585.

Adopción de un nuevo paquete de fondos

En virtud del marco financiero plurianual para 2021-2027, se adoptó un nuevo paquete de Fondos de Asuntos de Interior:

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR EL REGLAMENTO?

Está en vigor desde el .

ANTECEDENTES

  • Las políticas en materia de asuntos de interior de la UE han ido adquiriendo una mayor importancia en los últimos años y tienen el objetivo de contribuir a crear una Europa más abierta y segura. Este objetivo se pretende conseguir mediante la gestión eficaz de los flujos de migración y la prevención de la delincuencia, a la vez que se permiten los viajes con motivos legítimos y se asegura la gestión de las fronteras exteriores de la UE.

DOCUMENTO PRINCIPAL

Reglamento (UE) n.o 514/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de , por el que se establecen disposiciones generales sobre el Fondo de Asilo, Migración e Integración y sobre el instrumento de apoyo financiero a la cooperación policial, a la prevención y la lucha contra la delincuencia, y a la gestión de crisis (DO L 150 de , pp. 112-142).

Las modificaciones sucesivas del Reglamento (UE) n.o 514/2014 se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

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