Dieses Dokument ist ein Auszug aus dem EUR-Lex-Portal.
Productos fitosanitarios prohibidos (hasta junio de 2011)
La Unión Europea regula la salida al mercado y la utilización de productos fitosanitarios enumerando una lista de sustancias activas prohibidas.
ACTO
Directiva 79/117/CEE del Consejo de 21 de diciembre de 1978 relativa a la prohibición de salida al mercado y de utilización de productos fitosanitarios que contengan determinadas sustancias activas [Véanse los actos modificativos].
SÍNTESIS
La presente Directiva se propone prohibir la salida al mercado y la utilización de productos fitosanitarios * que contengan determinadas sustancia activas *.
En sus anexos la Directiva y sus modificaciones posteriores enumeran las sustancias activas que no pueden salir al mercado ni ser utilizadas. No obstante, a escala nacional se autoriza la concesión de excepciones temporales para ciertos usos.
En el anexo figuran aquellas sustancias activas cuya aplicación implica o puede implicar: efectos nocivos para la salud humana o animal, o bien efectos negativos inadmisibles en el medio ambiente.
Los Estados miembros pueden autorizar, durante un periodo máximo de 120 días, la salida al mercado y la utilización de un determinado producto en caso de que un peligro imprevisible amenace la producción vegetal y de que no pueda conjurarse por otros medios.
Las directivas no se aplican a los productos fitosanitarios destinados a la investigación o para fines analíticos, o bien la exportación a terceros países.
Contexto
La presente Directiva quedará derogada a partir del 14 de junio de 2011 y será sustituida por el Reglamento (CE) nº 1107/2009 relativo a la comercialización de productos fitosanitarios.
Términos clave del acto
Referencias
Acto |
Entrada en vigor |
Plazo de transposición en los Estados miembros |
Diario Oficial |
Directiva 79/117/CEE |
22.12.1978 |
1.1.1981 |
DO L 33 de 8.2.1979 |
Acto(s) modificativo(s) |
Entrada en vigor |
Plazo de transposición en los Estados miembros |
Diario Oficial |
Directiva 86/214/CEE |
4.6.1986 |
- |
DO L 152 de 6.6.1986 |
Reglamento (CE) n° 807/2003 |
5.6.2003 |
- |
DO L 122 de 16.5.2003 |
MODIFICACIONES DEL ANEXO
Anexo – Denominación de las sustancias activas prohibidas y excepciones Directiva 83/131/CEE [Diario Oficial L 91 de 9.4.1983];
Directiva 85/298/CEE [Diario Oficial L 154 de 13.6.1985];
Directiva 86/355/CEE [Diario Oficial L 212 de 2.8.1986];
Directiva 87/181/CEE [Diario Oficial L 71 de 14.3.1987];
Directiva 87/477/CEE [Diario Oficial L 273 de 26.9.1987];
Directiva 89/365/CEE [Diario Oficial L 159 de 10.6.1989];
Directiva 90/335/CEE [Diario Oficial L 162 de 28.6.1990];
Directiva 90/533/CEE [Diario Oficial L 296 de 27.10.1990];
Directiva 91/188/CEE [Diario Oficial L 92 de 13.4.1991];
Reglamento (CE) n° 850/2004 [Diario Oficial L 158 de 30.4.2004].
Última modificación: 27.01.2010