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La Recomendación establece una serie de normas relativas a las microcredenciales para facilitar su uso, cuando proceda. Se adoptó con el fin de:
ayudar a las personas a actualizar y mejorar los conocimientos y las competencias necesarios para responder a las necesidades sociales, personales, culturales o laborales, a aprovechar plenamente las transiciones hacia la economía verde y digital y a estar mejor equipados para hacer frente a los retos actuales y futuros;
ayudar a los proveedores a mejorar la calidad, transparencia, accesibilidad y flexibilidad de los programas de aprendizaje que ofrecen para que los particulares puedan planificar sus itinerarios de aprendizaje y trayectorias profesionales;
promover la inclusión, el acceso y la igualdad de oportunidades para todos, lograr la resiliencia, la equidad social y la prosperidad de todos, en tiempos de cambio demográfico y económico.
PUNTOS CLAVE
Componentes elementales
La Recomendación establece los siguientes componentes elementales para desarrollar un enfoque europeo en materia de microcredenciales:
una definición común de las microcredenciales;
elementos estándares de la Unión Europea (UE) para describir una microcredencial;
principios de la UE para el diseño y la expedición de microcredenciales.
Definición de las microcredenciales
Las microcredenciales certifican los resultados del aprendizaje de experiencias de aprendizaje de corta duración, por ejemplo, un curso o una formación breves.
La Recomendación establece los elementos recomendados de una microcredencial (elementos estándar).
Según los principios establecidos en el anexo II, las microcredenciales:
están sujetas a una garantía de calidad (calidad);
son mensurables, comparables e comprensibles (transparencia);
están diseñadas como logros de aprendizaje independientes y específicos (pertinencia).
Sus resultados de aprendizaje se evalúan según criterios transparentes (evaluación válida).
Además, las microcredenciales:
están diseñadas para facilitar itinerarios de aprendizaje flexibles;
son reconocidas, siempre que sea posible;
pertenecen al alumno y pueden almacenarse y compartirse fácilmente (portabilidad);
están centradas en los alumnos;
contienen la información suficiente para comprobar la identidad del alumno y otros datos (auténtica).
Por último, la información y el asesoramiento sobre las microcredenciales deben integrarse en los servicios de orientación para el aprendizaje permanente.
Recomendaciones para los Estados miembros de la Unión Europea
Se recomienda a los Estados miembros adoptar y promover:
la definición de las microcredenciales;
los elementos estándares de una microcredencial (indicados en el anexo I);
los principios para el diseño y la expedición de microcredenciales (indicados en el anexo II).
Desarrollo de un ecosistema de microcredenciales
Se recomienda a los Estados miembros:
facilitar el desarrollo en curso y emergente de las microcredenciales en entornos formales de aprendizaje, en particular mediante el apoyo a la exploración por parte de los proveedores de educación y formación profesional (EFP) del papel de las microcredenciales en la EFP continua para apoyar el perfeccionamiento y el reciclaje profesional de adultos;
apoyar el desarrollo en curso y emergente de las microcredenciales en entornos de aprendizaje no formal e informal.
Se incita a los Estados miembros a:
apoyar la calidad y la transparencia de las microcredenciales, en particular mediante la aplicación, la adaptación y el desarrollo de mecanismos de garantía de calidad para las microcredenciales emitidas por distintos tipos de proveedores;
promover y apoyar la experimentación, cooperación, gobernanza y asociaciones entre las partes interesadas, incluidas los centros de enseñanza, los interlocutores sociales, los empresarios, las organizaciones de investigación e innovación y las autoridades a todos los niveles.
Aprovechar el potencial de las microcredenciales
Se recomienda a los Estados miembros:
integrar las microcredenciales en los sistemas de educación y formación, así como las políticas de competencias;
integrar las microcredenciales en las políticas de empleo y del mercado laboral (incluidos los servicios de empleo, el apoyo a la formación y los incentivos al empleo);
apoyar a la Red Europea de Centros Nacionales de Información y a los Centros Nacionales de Información de Reconocimiento Académico (redes ENIC-NARIC) para desarrollar procedimientos de reconocimiento de las microcredenciales emitidas por distintos tipos de proveedores, incluso mediante la exploración de la posibilidad de un reconocimiento automático de las microcredenciales;
asegurarse de que la información y el asesoramiento sobre la identificación y selección de microcredenciales se incorporen a los servicios de orientación sobre el aprendizaje permanente;
basarse en los marcos financieros y las disposiciones nacionales existentes para aplicar esta recomendación;
aprovechar al máximo los fondos e instrumentos de la UE a fin de apoyar las reformas necesarias para desarrollar y utilizar microcredenciales.
Apoyo de la Comisión Europea
Para apoyar a los Estados miembros, la Comisión ha manifestado su intención de:
desarrollar y adaptar las herramientas y los servicios existentes en la UE para apoyar el desarrollo de microcredenciales por parte de todo tipo de proveedores;
mejorar la colaboración entre las líneas directas y las partes interesadas;
apoyar la aplicación técnica de la Recomendación mediante la exploración de nuevos avances en la plataforma Europass;
apoyar más investigaciones sobre la adopción, los resultados y los beneficios para los alumnos, el valor añadido de las microcredenciales en comparación con (y como complemento) las titulaciones o cualificaciones, y los factores que influyen en los incentivos y la motivación para seguir una formación.
Recomendación del Consejo, de , relativa a un enfoque europeo de las microcredenciales para el aprendizaje permanente y la empleabilidad (DO C 243 de , pp. 10-25).
DOCUMENTOS CONEXOS
Resolución del Consejo relativa a un marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación con miras al Espacio Europeo de Educación y más allá (2021-2030) (DO C 66 de , pp. 1-21).
Recomendación del Consejo, de , relativa al Marco Europeo de Cualificaciones para el aprendizaje permanente y por la que se deroga la Recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo de relativa a la creación del Marco Europeo de Cualificaciones para el aprendizaje permanente (DO C 189 de , pp. 15-28).