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Los Estados miembros de la UE deben hacer lo siguiente.
La Comisión Europea presenta un informe cada cuatro años sobre la base de la información nacional que ha recibido. El último informe es de 2021.
La Directiva fija los límites máximos de la cantidad de nitrógeno procedente del estiércol que puede aplicarse en 170 kg/ha al año. Cuando los Estados miembros lo soliciten, y siempre que puedan justificar científicamente que ello no dará lugar a una mayor contaminación, la Comisión puede adoptar actos de ejecución (decisiones que autorizan excepciones) que permitan aplicar límites máximos más elevados de nitrógeno procedente del estiércol en zonas específicas y en condiciones particulares. Estas excepciones no eximen a los Estados miembros en cuestión de los objetivos de calidad del agua de la Directiva, ni de ninguna otra de sus medidas.
Las siguientes decisiones de excepción están actualmente en vigor:
La Directiva debía incorporarse a la legislación nacional el .
El nitrógeno es un nutriente esencial que ayuda a crecer a las plantas y cultivos. No obstante, en altas concentraciones es perjudicial para las personas y la naturaleza, y el uso agrícola de los nitratos en los fertilizantes orgánicos y químicos puede ser una fuente importante de contaminación del agua. La agricultura es responsable de más del 50 % de los vertidos totales de nitrógeno en las aguas superficiales.
Para más información, véanse:
Directiva 91/676/CEE del Consejo, de , relativa a la protección de las aguas contra la contaminación producida por nitratos utilizados en la agricultura (DO L 375 de , pp. 1-8).
Las modificaciones sucesivas de la Directiva 91/676/CEE se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.
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