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Reglamento (CE) n.o 183/2005: requisitos en materia de higiene de piensos
El Reglamento se aplica a las actividades de los explotadores del sector de la alimentación animal, desde la producción primaria de piensos hasta su comercialización, así como a la alimentación de animales productores de alimentos y la importación y exportación de pienso desde y hacia terceros países.
Están excluidos del ámbito de aplicación:
Explotadores del sector de la alimentación animal responsables de la producción primaria de piensos
Estos explotadores deberán adoptar las medidas necesarias para prevenir, suprimir o reducir los riesgos para la seguridad de los piensos, durante las etapas de fabricación, preparación, limpieza, embalaje, almacenamiento y transporte de dichos productos (anexo I). También deberán llevar registros en los que se detallen las medidas adoptadas para controlar los peligros de contaminación.
Otros explotadores del sector de la alimentación animal
Estos explotadores deberán adoptar medidas apropiadas para garantizar la seguridad de los productos que fabriquen, transporten o utilicen. Dichas medidas están detalladas con más precisión en el anexo II y se refieren en particular a:
Las empresas deben:
Tanto la Comisión como los países de la UE editan guías de buenas prácticas en el sector de la alimentación animal, así como para la aplicación de los principios HACCP, de conformidad con lo dispuesto en el Codex Alimentarius y en consulta con todas las partes interesadas. Cuando se elaboren guías estandarizadas de la UE, el Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos garantizará que su contenido puede ser puesto en práctica.
El anexo II ha sido modificado dos veces (por el Reglamento (UE) n.o 225/2012 y por el Reglamento (UE) 2015/1905) en lo que atañe a la autorización de empresas que fabrican productos derivados de aceites vegetales y grasas mezcladas y en lo referente a los requisitos específicos de producción, almacenamiento, transporte y detección de dioxinas.
Está en vigor desde el .
Para más información, véase:
Reglamento (CE) n.o 183/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo, de por el que se fijan requisitos en materia de higiene de los piensos (DO L 35 de , pp. 1-22).
Las modificaciones sucesivas del Reglamento (CE) n.o 183/2005 se han incorporado al documento original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.
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