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Programa Europa Digital (2021-2027)

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Reglamento (UE) 2021/694 por el que se establece el Programa Europa Digital

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE REGLAMENTO?

El Reglamento (UE) 2021/694 establece el Programa Europa Digital: un programa de financiación de la Unión Europea (UE) diseñado para llevar la tecnología digital a las empresas, los ciudadanos y las administraciones públicas. Tiene por objeto:

  • mejorar la competitividad de la UE en la economía digital mundial;
  • contribuir a reducir la brecha digital en toda la UE y reforzar su autonomía estratégica;
  • reforzar y promover la capacidad de Europa en ámbitos clave de la tecnología digital mediante un despliegue a gran escala.

El Reglamento ha sido modificado por el Reglamento (UE) 2025/38, que introduce medidas para reforzar las capacidades de la UE a fin de detectar ciberamenazas e incidentes, prepararse y responder a ellos mediante la creación de:

  • una red paneuropea de centros cibernéticos (Sistema Europeo de Alerta de Ciberseguridad) a efectos de una detección coordinada y una conciencia situacional común;
  • un Mecanismo de Emergencia en materia de Ciberseguridad para ayudar a los Estados miembros de la UE a prepararse y responder ante incidentes de ciberseguridad significativos1 e incidentes de ciberseguridad a gran escala2, mitigar sus consecuencias e iniciar la recuperación de los mismos, y para apoyar a otros usuarios en sus respuestas a tales incidentes;
  • un Mecanismo Europeo de Revisión de Incidentes de Ciberseguridad para revisar y evaluar incidentes significativos o a gran escala.

PUNTOS CLAVE

  • El Programa se extiende del al , es decir, el período del marco financiero plurianual. Está respaldado por una asignación indicativa de más de 8 200 millones EUR a precios corrientes y lo ejecuta la Comisión Europea principalmente en régimen de gestión directa.
  • El Reglamento establece seis objetivos específicos interrelacionados con vistas a ampliar la capacidad de Europa en ámbitos clave de la tecnología digital en el sector privado y en áreas de interés público.

Informática de alto rendimiento (2 019 914 000 EUR)

Los objetivos operativos se ejecutan principalmente a través de la Empresa Común de Informática de Alto Rendimiento Europea, creada en virtud del Reglamento (UE) 2018/1488, e incluyen:

  • una infraestructura de datos y de supercomputación a exaescala3 de primera clase y fácilmente accesible para usuarios públicos y privados, en particular las pequeñas y medianas empresas (pymes), y fácilmente accesible para fines de investigación, de conformidad con el Reglamento (UE) 2018/1488;
  • un ecosistema de informática de alto rendimiento de la UE, que cubra la ciencia y la industria, incluidos el hardware, el software, las aplicaciones, los servicios, las interconexiones y las capacidades digitales;
  • una infraestructura posterior a la exaescala que incluya la integración con tecnologías de informática cuántica e infraestructuras de investigación para la ciencia informática y el fomento del desarrollo del hardware y software necesarios.

Inteligencia artificial (IA) (1 760 806 000 EUR, importe incrementado por el Reglamento (UE) 2025/38 con respecto a los 1 663 956 000 EUR anteriores)

El Programa apoya los objetivos operativos siguientes:

  • unos conocimientos y capacidades esenciales en IA, incluidos unos recursos de datos y mecanismos de intercambio mejor calidad, y las bibliotecas de algoritmos, que sean accesibles a las empresas (en particular, las pymes y las empresas emergentes), así como a los ciudadanos, las organizaciones sin ánimo de lucro, los centros de investigación, las universidades y las administraciones públicas;
  • unas instalaciones de ensayo y experimentación de la UE para aplicaciones comerciales y sistemas de producción que integren mejor las tecnologías en las cadenas de valor.

Ciberseguridad y confianza (1 372 020 000 EUR, importe reducido por el Reglamento (UE) 2025/38 desde los 1 399 566 000 EUR anteriores)

El Programa apoya los objetivos operativos siguientes:

  • herramientas, infraestructuras y equipos de datos de ciberseguridad avanzados, junto con los Estados miembros;
  • los conocimientos, la capacidad y las competencias relacionados con la ciberseguridad, incluidas las mejores prácticas;
  • las capacidades de los Estados miembros y del sector privado en apoyo de la Directiva sobre ciberseguridad de las redes y los sistemas informáticos [Directiva (UE) 2022/2555, véase la síntesis];
  • la resiliencia, la sensibilización sobre los riesgos y, como mínimo, unos niveles básicos de ciberseguridad;
  • una mejor coordinación entre los ámbitos de ciberseguridad civil y de defensa.

El Reglamento de modificación (UE) 2025/38 añade los siguientes objetivos en el marco del programa:

  • el desarrollo del Sistema Europeo de Alerta de Ciberseguridad, que incluye el desarrollo, la implantación y el funcionamiento de centros cibernéticos nacionales y transfronterizos;
  • la creación y el funcionamiento del Mecanismo de Emergencia en materia de Ciberseguridad para ayudar a los Estados miembros y otros usuarios.

Estas actividades se ejecutarán principalmente a través del Centro Europeo de Competencia Industrial, Tecnológica y de Investigación en Ciberseguridad y la Red de Centros Nacionales de Coordinación, de conformidad con el Reglamento (UE) 2021/887.

Capacidades digitales avanzadas (482 640 000 EUR, importe reducido por el Reglamento (UE) 2025/38 desde los 507 347 000 EUR anteriores)

El Programa apoya el desarrollo de capacidades digitales avanzadas para:

  • aumentar la reserva de talento de Europa;
  • reducir la brecha digital y fomentar una mayor profesionalidad, especialmente en la informática de alto rendimiento y la computación en la nube, el análisis de macrodatos, la ciberseguridad, las tecnologías de registro descentralizado (por ejemplo, la cadena de bloques), las tecnologías cuánticas, la robótica y la IA.

Los objetivos operativos incluyen cursos de alta calidad y larga y corta duración, la formación de alta calidad en el puesto de trabajo y las prácticas (según proceda) para estudiantes y trabajadores, especialmente en las pymes y en el sector público.

Despliegue y mejor uso de la capacidad digital e interoperabilidad (1 002 217 000 EUR)

El Programa apoya los objetivos siguientes:

  • la implantación eficaz de tecnologías digitales de vanguardia, tales como la informática de alto rendimiento, la IA y la ciberseguridad, por parte de las partes interesadas del sector público y en ámbitos de interés público, tales como los sectores de la sanidad y los servicios asistenciales, la educación, la justicia, las aduanas, el transporte, la movilidad, la energía, el medio ambiente, la cultura y la creación;
  • la implantación y el uso de infraestructuras transeuropeas interoperables e integradas y normas digitales acordadas en el sector público;
  • el uso de soluciones y marcos, incluidas las soluciones de código abierto, por parte de las administraciones públicas, las empresas y los ciudadanos;
  • un acceso fácil a ensayos y proyectos pilotos de tecnologías digitales para el sector público y la industria de la UE, en particular, las pymes;
  • el apoyo de la adopción de tecnologías digitales avanzadas, incluida la informática de alto rendimiento, la IA, la ciberseguridad y la cadena de bloques, por parte del sector público y la industria de la UE, en particular, las pymes y las empresas emergentes;
  • la garantía de una capacidad continua en el ámbito de la UE para liderar el desarrollo digital, junto con la observación, el análisis y la adaptación a las tendencias digitales en rápida evolución, y el intercambio de las mejores prácticas;
  • la creación de un futuro ecosistema europeo de infraestructuras digitales y de intercambio de datos de confianza.

Semiconductores (1 575 000 000 EUR)

El Programa apoya los objetivos siguientes:

  • reforzar las capacidades avanzadas de diseño para tecnologías de semiconductores integradas;
  • mejorar las líneas piloto existentes y desarrollar nuevas líneas piloto de carácter avanzado en toda la UE para propiciar el desarrollo y el despliegue de tecnologías de semiconductores de vanguardia y de próxima generación;
  • desarrollar capacidades tecnológicas y de ingeniería avanzadas para acelerar el desarrollo innovador de chips cuánticos de vanguardia y de las tecnologías de semiconductores asociadas;
  • establecer una red de centros de competencias en toda la UE mediante la mejora de las instalaciones existentes o la creación de otras nuevas;
  • emprender actividades, comúnmente denominadas Fondo de Chips, para facilitar el acceso a la financiación de la deuda y a los fondos propios, entre otras cosas mediante una orientación clara, en particular para las empresas emergentes, las empresas emergentes en expansión, las pymes y las pequeñas empresas de mediana capitalización (empresas con al menos 250, pero menos de 1 500 empleados) en la cadena de valor de los semiconductores, a través de un mecanismo de combinación en el marco del Fondo InvestEU y a través del Consejo Europeo de Innovación, creado en el marco de Horizonte Europa.

Una red de centros europeos de innovación digital proporcionará acceso a conocimientos tecnológicos a las empresas —en particular, las pymes— y las administraciones públicas. Estos centros reunirán a la industria, las empresas y las administraciones que necesiten nuevas soluciones tecnológicas, así como a las empresas que dispongan de soluciones listas para comercializarse.

El Programa implica la cofinanciación de los Estados miembros y, cuando sea necesario, del sector privado. Las subvenciones en virtud del Programa pueden cubrir hasta el 100 % de los gastos subvencionables.

El Programa también está abierto a la participación de los siguientes países no pertenecientes a la UE mediante la asociación o asociación parcial:

El Programa Europa Digital es complementario de otros programas que respaldan la transición digital, como Horizonte Europa, que se centra en la investigación y el desarrollo tecnológico, y los aspectos digitales del Mecanismo «Conectar Europa».

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR EL REGLAMENTO?

Está en vigor desde el .

ANTECEDENTES

Para más información, véase:

TÉRMINOS CLAVE

  1. Incidente de ciberseguridad significativo. Una ciberamenaza que, basándose en sus características técnicas, cabe suponer que tiene el potencial de provocar repercusiones graves en los sistemas de redes y de información de una entidad o para los usuarios de los servicios de la entidad causando perjuicios materiales o inmateriales considerables.
  2. Incidente de ciberseguridad a gran escala. Un incidente que cause un nivel de perturbación que supere la capacidad de un Estado miembro para responder a él o que afecte significativamente por lo menos a dos Estados miembros.
  3. Exaescala. Sistemas informáticos de próxima generación capaces de realizar 1018 (10 elevado a 18) operaciones de coma flotante por segundo.

DOCUMENTO PRINCIPAL

Reglamento (UE) 2021/694 del Parlamento Europeo y del Consejo, de , por el que se establece el Programa Europa Digital y por el que se deroga la Decisión (UE) 2015/2240 (DO L 166 de , pp. 1-34).

Las modificaciones sucesivas del Reglamento (UE) 2021/694 se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

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