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Tiene por objeto proteger a los depositantes de todas las entidades de crédito, así como garantizar la estabilidad del sistema bancario de la Unión Europea (UE) en su conjunto.
Nivel de cobertura.
Los países de la UE debían incorporarla a la legislación nacional a más tardar el .
Para más información, véase:
Directiva 2014/49/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de , relativa a los sistemas de garantía de depósitos (DO L 173 de , pp. 149-178)
Las modificaciones sucesivas de la Directiva 2014/49/UE se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.
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