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Tal y como se define en el Código Europeo de las Comunicaciones Electrónicas [Directiva (UE) 2018/1972], las redes de comunicaciones electrónicas son sistemas de transmisión, basados o no en una infraestructura permanente o en una capacidad de administración centralizada, y, cuando proceda, equipos de conmutación o encaminamiento y demás recursos.
El término puede cubrir elementos de red que no son activos y que permiten el transporte de señales mediante cables, ondas hertzianas, medios ópticos u otros medios electromagnéticos con inclusión de las redes de satélites, redes fijas (de conmutación de circuitos y de paquetes, incluido internet) y móviles, sistemas de tendido eléctrico, en la medida en que se utilicen para la transmisión de señales, redes utilizadas para la radiodifusión sonora y televisiva y redes de televisión por cable, con independencia del tipo de información transportada.
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