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El Consejo de la Unión Europea tiene el apoyo del Coreper, o Comité de Representantes Permanentes de los Gobiernos de los Estados miembros ante la Unión Europea (UE), así como de grupos de trabajo y comités altamente especializados.
Estos órganos preparatorios ayudan a preparar el trabajo del Consejo. Están compuestos por delegados de todos los Estados miembros de la UE y cuentan con la asistencia de la Secretaría general del Consejo.
Pueden establecerse comités, grupos y grupos de trabajo mediante los Tratados, las decisiones intergubernamentales, los actos del Consejo o por parte del Coreper. Pueden ser permanentes (por ejemplo, el Comité Económico y Financiero previsto en el artículo 134 del TFUE) o creados expresamente para una finalidad concreta y dejar de existir cuando cumplen con su misión.
El presidente podrá ser nombrado o elegido por el órgano, podrá ser el delegado del país que ostente la presidencia rotativa de seis meses del Consejo, un representante del Alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad o el Secretario General del Consejo.