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Compromiso de Ioánnina

El compromiso de Ioánnina deriva su nombre de una reunión informal de ministros de Asuntos Exteriores de la Unión Europea (UE) en la localidad de Ioánnina, Grecia, a finales de marzo de 1994. Durante esta reunión, el Consejo adoptó una decisión sobre el voto por mayoría cualificada en una UE ampliada a dieciséis miembros. Más tarde, esta decisión se adaptó debido a la fallida adhesión de Noruega.

El compromiso alcanzado preveía que si unos miembros del Consejo que representasen entre 23 (límite antiguo de la minoría de bloqueo; número de votos necesarios para oponerse a una decisión cuya aprobación necesita una mayoría cualificada) y 26 votos (nuevo límite de la minoría de bloqueo) indicaban su intención de oponerse a una decisión del Consejo por mayoría cualificada, el Consejo haría todo lo posible para alcanzar, en un plazo razonable, una solución satisfactoria que pudiera ser aprobada por un mínimo de 68 votos sobre 87.

El artículo 16 del Tratado de la Unión Europea introduce una nueva definición de la regla de mayoría cualificada, que se aplica desde el 1 de noviembre de 2014.

Entre esta fecha y el 31 de marzo de 2017, cualquier Estado miembro de la UE podía, no obstante, exigir la aplicación de las reglas de ponderación anteriores. También era posible aplicar el «compromiso de Ioánnina», el cual permitía a los países que representen como mínimo a tres cuartas partes de la población de la UE o como mínimo a tres cuartas partes del número de Estados miembros necesarios para constituir una minoría de bloqueo, oponerse a un acto votado por mayoría cualificada por el Consejo, con el fin de tratar de encontrar una solución en un plazo razonable.

A partir del 1 de abril de 2017, la nueva regla de mayoría cualificada adquirió carácter vinculante. Los umbrales de activación del «compromiso de Ioánnina» se rebajaron a un mínimo del 55 % de la población de la UE o a un mínimo del 55 % del número de Estados miembros necesarios para constituir una minoría de bloqueo.

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