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Procedimiento de aprobación

El procedimiento de aprobación es un procedimiento legislativo o no legislativo en el que el Parlamento Europeo (PE) no es coautor del acto con el Consejo de la Unión Europea, sino que puede ejercer su derecho de veto o de aprobación.

Puede requerir la aprobación de un acto propuesto por parte del Parlamento Europeo, según establece el Tratado de la Unión Europea (TUE) o el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).

El PE puede aceptar o rechazar un acto propuesto, pero no modificarlo. En caso de que el PE no dé su aprobación, el acto no puede adoptarse.

Como procedimiento no legislativo, suele aplicarse, por ejemplo, a lo siguiente:

  • la ratificación de determinados acuerdos internacionales negociados por la Unión Europea (UE) según el artículo 218 del TFUE;
  • los casos de violaciones graves de los derechos fundamentales en virtud del artículo 7 del TUE;
  • la adhesión de nuevos países miembros de la UE conforme al artículo 49 del TUE;
  • los acuerdos que establecen la forma de retirada de la UE según el artículo 50 del TUE.

Asimismo, como procedimiento legislativo se emplea, por ejemplo, en los casos siguientes:

  • en la adopción de legislación nueva para la lucha contra la discriminación en virtud del artículo 19 del TFUE;
  • cuando se aplica la base jurídica general subsidiaria de acuerdo con el artículo 352 del TFUE.

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