32005D0202

2005/202/CE: Decisión del Consejo, de 31 de enero de 2005, relativa a la celebración de un Protocolo adicional del Acuerdo de asociación económica, concertación política y cooperación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y los Estados Unidos Mexicanos, por otra, para tener en cuenta la adhesión a la Unión Europea de la República Checa, la República de Estonia, la República de Chipre, la República de Letonia, la República de Lituania, la República de Hungría, la República de Malta, la República de Polonia, la República de Eslovenia y la República Eslovaca

 DO L 66 de 12.3.2005, p. 22/23 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)
 DO L 159M de 13.6.2006, p. 199/200 (MT)
 edición especial en búlgaro: Capítulo 11 Tomo 39 p. 54 - 55
 edición especial en rumano: Capítulo 11 Tomo 39 p. 54 - 55

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Decisión del Consejo

de 31 de enero de 2005

relativa a la celebración de un Protocolo adicional del Acuerdo de asociación económica, concertación política y cooperación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y los Estados Unidos Mexicanos, por otra, para tener en cuenta la adhesión a la Unión Europea de la República Checa, la República de Estonia, la República de Chipre, la República de Letonia, la República de Lituania, la República de Hungría, la República de Malta, la República de Polonia, la República de Eslovenia y la República Eslovaca

(2005/202/CE)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y en particular, su artículo 57, apartado 2, su artículo 71, su artículo 80, apartado 2, su artículo 133, apartados 1 y 5 y su artículo 181, en relación con su artículo 300, apartado 2, párrafo primero, primera y segunda frases y su artículo 300, apartado 3, párrafo primero,

Vista el Acta de adhesión de 2003 [1], y, en particular, su artículo 6, apartado 2,

Vista la propuesta de la Comisión,

Visto el dictamen del Parlamento Europeo,

Considerando lo siguiente:

(1) El Protocolo adicional del Acuerdo de asociación económica, concertación política y cooperación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y los Estados Unidos Mexicanos, por otra, para tener en cuenta la adhesión a la Unión Europea de la República Checa, la República de Estonia, la República de Chipre, la República de Letonia, la República de Lituania, la República de Hungría, la República de Malta, la República de Polonia, la República de Eslovenia y la República Eslovaca [2] se firmó en nombre de la Comunidad Europea y sus Estados miembros el 29 de abril de 2004.

(2) Debe aprobarse el Protocolo adicional.

DECIDE:

Artículo 1

Se aprueba en nombre de la Comunidad Europea y de sus Estados miembros el Protocolo adicional del Acuerdo de asociación económica, concertación política y cooperación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y los Estados Unidos Mexicanos, por otra, para tener en cuenta la adhesión a la Unión Europea de la República Checa, la República de Estonia, la República de Chipre, la República de Letonia, la República de Lituania, la República de Hungría, la República de Malta, la República de Polonia, la República de Eslovenia y la República Eslovaca.

El texto del Protocolo adicional se adjunta a la presente Decisión.

Artículo 2

El Presidente del Consejo dará la notificación prevista en el artículo 5 del Protocolo adicional.

Hecho en Bruselas, el 31 de enero de 2005.

Por el Consejo

El Presidente

J. Asselborn

[1] DO L 236 de 23.9.2003, p. 34.

[2] Véase la página 24 del presente Diario Oficial.

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