32000D0658

2000/658/CE: Decisión del Consejo, de 28 de septiembre de 2000, relativa a la celebración del Acuerdo de asociación económica, concertación política y cooperación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y los Estados Unidos Mexicanos, por otra

 DO L 276 de 28.10.2000, p. 44/44 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)
 edición especial en checo: Capítulo 11 Tomo 34 p. 214 - 214
 edición especial en estonio: Capítulo 11 Tomo 34 p. 214 - 214
 edición especial en húngaro Capítulo 11 Tomo 34 p. 214 - 214
 edición especial en lituano: Capítulo 11 Tomo 34 p. 214 - 214
 edición especial en letón: Capítulo 11 Tomo 34 p. 214 - 214
 edición especial en maltés: Capítulo 11 Tomo 34 p. 214 - 214
 edición especial en polaco: Capítulo 11 Tomo 34 p. 214 - 214
 edición especial en eslovaco: Capítulo 11 Tomo 34 p. 214 - 214
 edición especial en esloveno: Capítulo 11 Tomo 34 p. 214 - 214
 edición especial en búlgaro: Capítulo 11 Tomo 21 p. 153 - 153
 edición especial en rumano: Capítulo 11 Tomo 21 p. 153 - 153

BG ES CS DA DE ET EL EN FR GA IT LV LT HU MT NL PL PT RO SK SL FI SV
html html html html html html html html html   html html html html html html html html html html html html html
pdf pdf pdf pdf pdf pdf pdf pdf pdf   pdf pdf pdf pdf pdf pdf pdf pdf pdf pdf pdf pdf pdf

 

Decisión del Consejo

de 28 de septiembre de 2000

relativa a la celebración del Acuerdo de asociación económica, concertación política y cooperación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y los Estados Unidos Mexicanos, por otra

(2000/658/CE)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y en particular sus artículos 44, apartado 2, 47, 55, 57, apartado 2, 71, 80, apartado 2, 133 y 181 en relación con la segunda frase del apartado 2 del artículo 300 y el párrafo segundo del apartado 3 del artículo 300,

Vista la propuesta de la Comisión(1),

Visto el dictamen conforme del Parlamento Europeo(2),

Considerando lo siguiente:

Procede aprobar el Acuerdo de asociación económica, concertación política y cooperación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y los Estados Unidos Mexicanos, por otra, firmado en Bruselas, el 8 de diciembre de 1997.

DECIDE:

Artículo 1

Queda aprobado, en nombre de la Comunidad Europea, el Acuerdo de asociación económica, concertación política y cooperación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y los Estados Unidos Mexicanos, por otra, así como las declaraciones hechas por la Comunidad unilateralmente o con la otra Parte.

Los textos de los actos contemplados en el párrafo primero se adjuntan a la presente Decisión.

Artículo 2

El Presidente del Consejo procederá, en nombre de la Comunidad, a la notificación prevista en el artículo 60 del Acuerdo.

Artículo 3

1. La posición de la Comunidad en el Consejo Conjunto y en el Comité Conjunto establecidos por el Acuerdo sera fijada por el Consejo, a propuesta de la Comisión, de conformidad con las disposiciones correspondientes del Tratado.

2. De conformidad con el artículo 46 del Acuerdo, el Presidente del Consejo presidirá el Consejo Conjunto y presentará la posición de la Comunidad. De conformidad con el artículo 48 del Acuerdo, un representante de la Comisión presidirá el Comité Conjunto y presentará la posición de la Comunidad.

Hecho en Bruselas, el 28 de septiembre de 2000.

Por el Consejo

El Presidente

D. Vaillant

(1) DO C 350 de 19.11.1997, p. 6.

(2) DO C 279 de 6.5.1999, p. 404.

Haut



Gestionado por la Oficina de Publicaciones