32004D0774

2004/774/CE: Decisión de la Comisión, de 9 de noviembre de 2004, por la que se aprueba la entrada en funcionamiento del consejo consultivo regional del Mar del Norte en virtud de la política pesquera común

 DO L 342 de 18.11.2004, p. 28/28 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)
 edición especial en búlgaro: Capítulo 04 Tomo 07 p. 270 - 270
 edición especial en rumano: Capítulo 04 Tomo 07 p. 270 - 270

BG ES CS DA DE ET EL EN FR GA IT LV LT HU MT NL PL PT RO SK SL FI SV
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Decisión de la Comisión

de 9 de noviembre de 2004

por la que se aprueba la entrada en funcionamiento del consejo consultivo regional del Mar del Norte en virtud de la política pesquera común

(2004/774/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Decisión 2004/585/CE del Consejo, de 19 de julio de 2004, por la que se crean consejos consultivos regionales en virtud de la política pesquera común [1], y, en particular, el apartado 3 de su artículo 3,

Vista la recomendación transmitida el 10 de septiembre de 2004 por el Reino Unido en nombre de Bélgica, Dinamarca, Alemania, España, Francia, los Países Bajos, Suecia y el Reino Unido,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) no 2371/2002 del Consejo, de 20 de diciembre de 2002, sobre la conservación y la explotación sostenible de los recursos pesqueros en virtud de la política pesquera común [2], y la Decisión 2004/585/CE establecen el marco para la creación y funcionamiento de los consejos consultivos regionales.

(2) En virtud del artículo 2 de la Decisión 2004/585/CE se crea un consejo consultivo regional del Mar del Norte (zonas CIEM IV y IIIa).

(3) De conformidad con lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 3 de la Decisión 2004/585/CE, los representantes del sector pesquero y otros grupos interesados presentaron a Bélgica, Dinamarca, Alemania, España, Francia, los Países Bajos, Suecia y el Reino Unido una solicitud relativa al funcionamiento del citado consejo consultivo regional.

(4) Tal como exige el apartado 2 del artículo 3 de la Decisión 2004/585/CE los Estados miembros interesados han procedido a determinar si la solicitud relativa al consejo consultivo regional del Mar del Norte se ajusta a las disposiciones de la citada Decisión. El 10 de septiembre de 2004, los Estados miembros interesados transmitieron a la Comisión una recomendación sobre dicho consejo consultivo regional.

(5) La Comisión ha evaluado, a la luz de la Decisión 2004/585/CE y de los objetivos y principios de la política pesquera común, la solicitud presentada por las partes interesadas y la recomendación, y estima que el consejo consultivo regional del Mar del Norte está en condiciones de entrar en funcionamiento.

DECIDE:

Artículo único

El consejo consultivo regional del Mar del Norte, establecido en virtud de la Decisión 2004/585/CE, entrará en funcionamiento a partir del 1 de noviembre de 2004.

Hecho en Bruselas, el 9 de noviembre de 2004.

Por la Comisión

António Vitorino

Miembro de la Comisión

[1] DO L 256 de 3.8.2004, p. 17.

[2] DO L 358 de 31.12.2002, p. 59.

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