32002D0350

2002/350/CE: Decisión de la Comisión, de 3 de abril de 2002, que modifica la Decisión 2001/781/CE por la que se aprueba un manual de organismos receptores y un léxico de los documentos transmisibles o notificables, en cumplimiento del Reglamento (CE) n° 1348/2000 del Consejo, relativo a la notificación y al traslado en los Estados miembros de documentos judiciales y extrajudiciales en materia civil o mercantil [notificada con el número C(2002) 1132]

 DO L 125 de 13.5.2002, p. 1/855 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)
 edición especial en checo: Capítulo 19 Tomo 05 p. 3 - 857
 edición especial en estonio: Capítulo 19 Tomo 05 p. 3 - 857
 edición especial en húngaro Capítulo 19 Tomo 05 p. 3 - 857
 edición especial en lituano: Capítulo 19 Tomo 05 p. 3 - 857
 edición especial en letón: Capítulo 19 Tomo 05 p. 3 - 857
 edición especial en maltés: Capítulo 19 Tomo 05 p. 3 - 857
 edición especial en polaco: Capítulo 19 Tomo 05 p. 3 - 857
 edición especial en eslovaco: Capítulo 19 Tomo 05 p. 3 - 857
 edición especial en esloveno: Capítulo 19 Tomo 05 p. 3 - 858
 edición especial en búlgaro: Capítulo 19 Tomo 05 p. 3 - 857
 edición especial en rumano: Capítulo 19 Tomo 05 p. 3 - 857

BG ES CS DA DE ET EL EN FR GA IT LV LT HU MT NL PL PT RO SK SL FI SV
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Decisión de la Comisión

de 3 de abril de 2002

que modifica la Decisión 2001/781/CE por la que se aprueba un manual de organismos receptores y un léxico de los documentos transmisibles o notificables, en cumplimiento del Reglamento (CE) n° 1348/2000 del Consejo, relativo a la notificación y al traslado en los Estados miembros de documentos judiciales y extrajudiciales en materia civil o mercantil

[notificada con el número C(2002) 1132]

(2002/350/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) n° 1348/2000 del Consejo, de 29 de mayo de 2000, relativo a la notificación y al traslado en los Estados miembros de documentos judiciales y extrajudiciales en materia civil o mercantil(1) y, en particular, las letras a) y b) de su artículo 17,

Considerando lo siguiente:

(1) La elaboración y publicación de un manual con la información relativa a los organismos receptores a que se refiere el artículo 2 del Reglamento (CE) n° 1348/2000 son imprescindibles para la aplicación de dicho Reglamento.

(2) En la letra b) del artículo 17 del Reglamento (CE) n° 1348/2000 se dispone la elaboración, en las lenguas oficiales de la Unión Europea, de un léxico de los documentos que podrán trasladarse y notificarse en virtud del Reglamento citado.

(3) De conformidad con el Reglamento (CE) n° 1348/2000 se publicó en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas la Decisión 2001/781/CE de la Comisión, de 25 de septiembre de 2001, por la que se aprueba un manual de organismos receptores y un léxico de los documentos transmisibles o notificables, en cumplimiento del Reglamento (CE) n° 1348/2000 del Consejo, relativo a la notificación y al traslado en los Estados miembros de documentos judiciales y extrajudiciales en materia civil o mercantil(2).

(4) En razón de los datos suministrados por Alemania a la Comisión, hay que completar el manual y el léxico.

(5) Las medidas adoptadas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité consultivo establecido por el artículo 18 del Reglamento (CE) n° 1348/2000.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El anexo I de la Decisión 2001/781/CE [manual conforme la letra a) del artículo 17 del Reglamento (CE) n° 1348/2000] se modificará por el anexo I de la presente Decisión.

Artículo 2

El anexo II de la Decisión 2001/781/CE [léxico conforme la letra b) del artículo 17 del Reglamento (CE) n° 1348/2000] se modificará por el anexo II de la presente Decisión.

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 3 de abril de 2002.

Por la Comisión

Antonio Vitorino

Miembro de la Comisión

(1) DO L 160 de 30.6.2000, p. 37.

(2) DO L 298 de 15.11.2001, p. 1.

ANEXO I

MANUAL CON LA INFORMACIÓN CORRESPONDIENTE A LOS ORGANISMOS RECEPTORES

1. ÍNDICE: Las palabras: "Alemania: véase DO C 151 de 22.5.2001, p. 4". Se sustituirán por:

>SITIO PARA UN CUADRO>.

2. A continuación de los datos relativos a Bélgica se incluirá la sección siguiente:

ALEMANIA - /TYSKLAND - /DEUTSCHLAND - /ΓΕΡΜΑΝΙΑ - /GERMANY - /ALLEMAGNE - /GERMANIA - /DUITSLAND - /ALEMANHA - /SAKSA - /TYSKLAND

>SITIO PARA UN CUADRO>

>SITIO PARA UN CUADRO>

>SITIO PARA UN CUADRO>

>SITIO PARA UN CUADRO>

>SITIO PARA UN CUADRO>

>SITIO PARA UN CUADRO>

>SITIO PARA UN CUADRO>

>SITIO PARA UN CUADRO>

ANEXO II

LÉXICO DE LOS DOCUMENTOS TRANSMISIBLES O NOTIFICABLES

1. ÍNDICE: Las palabras: "Alemania: véase DO C 151 de 22.5.2001, p. 4". Se sustituirán por:

>SITIO PARA UN CUADRO>.

2. Tras los datos de Bélgica se incluirá la sección siguiente:

ALEMANIA - /TYSKLAND - /DEUTSCHLAND - /ΓΕΡΜΑΝΙΑ - /GERMANY - /ALLEMAGNE - /GERMANIA - /DUITSLAND - /ALEMANHA - /SAKSA - /TYSKLAND

>SITIO PARA UN CUADRO>

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