Derechos de los pasajeros que viajan por mar y por vías navegables

Los pasajeros, incluidos aquellos con una discapacidad o con movilidad reducida, que viajan por mar y por vías navegables gozan de los mismos derechos con independencia del lugar al que viajen dentro de la Unión Europea (UE). Estos derechos, incluido el derecho a ser informado o indemnizado en caso de retraso o cancelación, sirven de complemento a derechos similares de los pasajeros que viajan por aire, ferrocarril y en autobús y autocar.

ACTO

Reglamento (UE) no 1177/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, sobre los derechos de los pasajeros que viajan por mar y por vías navegables y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 2006/2004

SÍNTESIS

Los pasajeros, incluidos aquellos con una discapacidad o con movilidad reducida, que viajan por mar y por vías navegables gozan de los mismos derechos con independencia del lugar al que viajen dentro de la Unión Europea (UE). Estos derechos, incluido el derecho a ser informado o indemnizado en caso de retraso o cancelación, sirven de complemento a derechos similares de los pasajeros que viajan por aire, ferrocarril y en autobús y autocar.

¿QUÉ HACE ESTE REGLAMENTO?

El Reglamento establece los derechos de los pasajeros, incluidas las personas con discapacidad o con movilidad reducida, que viajan por mar o por vías navegables dentro de la UE.

PUNTOS CLAVE

Estos derechos se aplican a los pasajeros que viajen por la UE a bordo de transbordadores grandes y cruceros por mar, ríos, lagos o canales.

Entre esos derechos se incluyen:

Desde el 31 de diciembre de 2012, el Reglamento (CE) no392/2009 sobre la responsabilidad de los transportistas de pasajeros por mar también cubre a los pasajeros en caso de extravío o daños ocasionados por un accidente.

¿A PARTIR DE CUÁNDO ENTRA EN VIGOR EL REGLAMENTO?

A partir del 18 de diciembre de 2012.

ANTECEDENTES

Sitio web de la Comisión Europea sobre los derechos de los pasajeros: transporte marítimo

Tras el brote de COVID-19 y la introducción de medidas para hacer frente a los efectos de la crisis, la Comisión Europea ha adoptado:

REFERENCIAS

Acto

Entrada en vigor

Plazo de transposición en los Estados miembros

Diario Oficial de la Unión Europea

Reglamento (UE) no 1177/2010

6.1.2011

-

DO L 334 de 17.12.2010, pp. 1-16

ACTOS CONEXOS

Reglamento (CE) no 392/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, sobre la responsabilidad de los transportistas de pasajeros por mar en caso de accidente (DO L 131 de 28.5.2009, pp. 24-46)

última actualización 02.06.2020