Normas conjuntas para el acceso al mercado de transporte de mercancías por carretera de la UE

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Reglamento (CE) n.o 1072/2009 sobre normas comunes de acceso al mercado del transporte internacional de mercancías por carretera

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE REGLAMENTO?

A pesar de que las operaciones de transporte internacional por carretera* se han liberalizado por completo dentro de la Unión Europea (UE), el cabotaje*, transporte nacional por carretera en un Estado miembro de la UE por transportistas no residentes en ese Estado miembro, aún está sujeto a restricciones.

Por lo tanto, el Reglamento (CE) n.o 1072/2009 establece:

El Reglamento modificativo (UE) 2020/1055 tiene el objeto de:

PUNTOS CLAVE

Reglamento (CE) n.o 1072/2009

El Reglamento (CE) n.o 1072/2009 se aplica a:

El transportista debe poseer una licencia comunitaria para llevar a cabo el transporte internacional y, si el conductor es un nacional de fuera de la UE, también deberá poseer un certificado de conductor.

Licencia comunitaria

Dicha licencia:

Certificado de conductor

Un certificado de conductor:

Si no se cumplen estas condiciones, las mismas autoridades pueden denegar una solicitud para la expedición o renovación de la licencia o la emisión de un certificado. Si el titular de una licencia comunitaria o certificado de conductor deja de reunir las condiciones o ha proporcionado información incorrecta, se retirará la licencia o certificación.

Transportes de cabotaje

El Reglamento (CE) n.o 1072/2009 impone regulaciones estrictas sobre las operaciones de cabotaje, concretamente:

La legislación anterior sólo se aplica si el transportista puede aportar pruebas de los transportes internacionales de mercancías en el Estado miembro de que se trate, así como la prueba de cada operación de cabotaje consecutiva realizada.

Las operaciones de cabotaje están sujetas a la legislación nacional en el Estado miembro de acogida con respecto a:

Las normas anteriores se aplican por igual tanto a los transportistas no residentes como a los transportistas establecidos en el Estado miembro de acogida.

Infracciones

Cuando un transportista infringe la legislación sobre transporte por carretera de la UE:

Toda infracción grave deberá incluirse en el registro electrónico nacional de empresas de transporte por carretera.

Reglamento de modificación (UE) 2020/1055

Los principales cambios que el Reglamento de modificación (UE) 2020/1055 introduce en el Reglamento (CE) n.o 1072/2009 incluyen:

¿A PARTIR DE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR ESTE REGLAMENTO?

ANTECEDENTES

Para más información, véase:

TÉRMINOS CLAVE

Operación de transporte por carretera: la totalidad del recorrido de mercancías por carretera hasta su destino final.
Cabotaje: cuando un transportista registrado en un Estado miembro de la UE lleva a cabo el transporte nacional en otro Estado miembro de la UE.
Transporte de mercancías: el acto de llevar y transportar mercancías.
Sociedades buzón: sociedades creadas con la finalidad de beneficiarse de las lagunas legales existentes y que no prestan en sí mismas ningún servicio a clientes, sino que más bien se limitan a servir de fachada para los servicios prestados por sus propietarios [Comisión Europea en COM(2013) 122 final].
Cuenta ajena: el transporte por remuneración de personas o mercancías por cuenta de terceros.

DOCUMENTO PRINCIPAL

Reglamento (CE) n.o 1072/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, sobre normas comunes de acceso al mercado del transporte internacional de mercancías por carretera (versión refundida) (DO L 300 de 14.11.2009, pp. 72-87).

Las modificaciones sucesivas del Reglamento (CE) n.o 1072/2009 se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

DOCUMENTOS CONEXOS

Reglamento (UE) 2020/1055 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de julio de 2020, por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.° 1071/2009, (CE) n.° 1072/2009 y (UE) n.° 1024/2012 con el fin de adaptarlos a la evolución del sector del transporte por carretera (DO L 249 de 31.7.2020, pp. 17-32).

última actualización 19.11.2020