Explotación de servicios aéreos: normas de la UE

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Reglamento (CE) n.o 1008/2008 sobre normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la UE

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE REGLAMENTO?

El presente Reglamento tiene como objetivo establecer normas comunes para la explotación de servicios de transporte aéreo en la Unión Europea (UE), incluidas la concesión de licencias a compañías aéreas de la UE y la transparencia de los precios.

PUNTOS CLAVE

Licencias de explotación y arrendamiento de aeronaves

Transparencia de precios

Obligaciones de servicio público

Distribución del tráfico aéreo entre aeropuertos

Los países de la UE pueden regular la distribución del tráfico aéreo entre aeropuertos, siempre que, en particular:

COVID-19: medidas especiales

El Reglamento (UE) 2020/696 y los Reglamentos Delegados (UE) 2020/2114 y 2020/2115 de la Comisión modifican temporalmente el Reglamento (CE) n.o 1008/2008 para ayudar a las compañías aéreas y a los aeropuertos a hacer frente a la fuerte caída del tráfico aéreo provocada por la pandemia de COVID-19.

Estos Reglamentos:

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR ESTE REGLAMENTO?

Está en vigor desde el 1 de noviembre de 2008.

ANTECEDENTES

Para obtener más información, consulte:

DOCUMENTO PRINCIPAL

Reglamento (CE) n.o 1008/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de septiembre de 2008, sobre normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la Comunidad (versión refundida) (DO L 293 de 31.10.2008, pp. 3-20).

Las modificaciones sucesivas del Reglamento (CE) n.o 1008/2008 se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

última actualización 14.01.2021