Cielo Único Europeo II

La reforma del sistema europeo de gestión del tráfico aéreo está ideada para hacer frente al fuerte aumento del tráfico previsto para los próximos años. Asimismo, tiene por objeto reforzar la seguridad, reducir los costes y retrasos, así como el impacto de este medio de transporte sobre el medio ambiente.

ACTO

Comunicación de la Comisión Europea al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones, de 25 de junio de 2008: “Cielo Único Europeo II: hacia una aviación más sostenible y más funcional” [COM(2008) 389 final – No publicada en el Diario Oficial].

SÍNTESIS

La reforma del Cielo Único Europeo propuesta por la Comisión se encuentra estructurada en torno a cuatro pilares: el rendimiento, la seguridad única, las nuevas tecnologías y la gestión de la capacidad en tierra.

Primer pilar: regular el rendimiento

La Comisión propone tres medidas en este ámbito:

Segundo pilar: un único marco para la seguridad

La Comisión subraya que el crecimiento del tráfico aéreo, las congestiones del espacio aéreo y de los aeródromos, y la utilización de nuevas tecnologías, exigen un enfoque común para la elaboración y la aplicación efectiva de una normativa armonizada para mantener o incluso mejorar el nivel de seguridad del transporte aéreo. En este sentido, la Comisión sugiere ampliar las competencias de la Agencia Europea de Seguridad Aérea (ASEA) a los últimos ámbitos clave surgidos en materia de seguridad: los aeródromos, la gestión del tránsito aéreo y los servicios de navegación aérea.

Tercer pilar: abrir las puertas a las nuevas tecnologías

La Comisión observa que el sistema actual de control de la circulación aérea, que descansa sobre tecnologías obsoletas y se encuentra fragmentado, está a punto de llegar al límite. En consecuencia, Europa debe acelerar el desarrollo de su sistema de control, en especial, mediante la aplicación del SESAR, con el fin de elevar los niveles de seguridad y la capacidad de gestión del tráfico.

Cuarto pilar: gestionar la capacidad en tierra

La Comisión insiste en la necesidad de realizar inversiones para que la capacidad aeroportuaria siga alineada con la capacidad de gestión del tráfico aéreo, con el objetivo de garantizar la eficacia global de la red, y recuerda las medidas propuestas en el plan de acción para mejorar la capacidad, la eficiencia y la seguridad de los aeropuertos en Europa.

Observatorio Comunitario sobre la capacidad de los aeropuertos

La Comisión va a crear un Observatorio, compuesto por representantes de los Estados miembros, autoridades competentes y partes interesadas, encargado de intercambiar y supervisar los datos e información del conjunto de la capacidad aeroportuaria, además de prestar asesoramiento sobre el desarrollo y la aplicación de la política comunitaria en materia de transportes.

Eurocontrol

Por otro lado, existe un proyecto de reforma interna de Eurocontrol que contempla alinear sus estructuras de gestión con el Cielo Único Europeo. En el caso de que esta reforma se llevara a la práctica, la Comisión pretende desarrollar su cooperación con este organismo en el marco de la aplicación de sus políticas.

Contexto

La Comisión constata que el Cielo Único Europeo, creado en 2004, no ha dado los resultados esperados en algunos ámbitos clave, como el proceso de integración en los bloques funcionales de espacio aéreo, el control del tráfico aéreo, la rentabilidad y la eficacia global de la red aérea europea. Los usuarios del espacio aéreo y los pasajeros pagan un coste innecesario, en términos de tiempo, combustible y dinero, debido a las ineficiencias existentes.

En consecuencia, la Comisión estima que conviene modificar los cuatro Reglamentos (549/2004, 550/2004, 551/2004 y 552/2004) del Cielo Único con el objetivo de mejorar el rendimiento de la aviación, adaptar la legislación a los cambios acontecidos estos últimos años y lograr la creación de un espacio aéreo unificado, de un Cielo verdaderamente «Único».

See also

Para más información consulte el sitio web de la Comisión dedicada al Cielo Único Europeo II (EN).

Última modificación: 10.09.2008