Comercialización de los piensos: normas de la Unión Europea

SÍNTESIS DE:

Reglamento (CE) n.o 767/2009 sobre la comercialización y la utilización de los piensos

SÍNTESIS

¿QUÉ HACE ESTE REGLAMENTO?

PUNTOS CLAVE

Piensos

El presente Reglamento afecta a toda sustancia o producto, incluidos los aditivos, elaborado, semielaborado o no elaborado, destinado a la alimentación de los animales por vía oral.

Se aplica de forma independiente y sin perjuicio de las disposiciones en el ámbito de la alimentación animal relativas a:

Comercialización y utilización

Los piensos deben cumplir ciertas exigencias en materia de seguridad y comercialización. En particular, deben:

Los piensos no contienen materias primas cuya comercialización o utilización esté limitada o prohibida.

Trazabilidad

La trazabilidad de los piensos debe estar garantizada en todas y cada una de las etapas de producción, transformación y distribución. Por tanto, los explotadores del sector de la alimentación animal deberán estar en condiciones de identificar a toda persona que les haya suministrado:

Los piensos que se comercializan en la Unión Europea, o que son susceptibles de comercializarse, se etiquetan o identifican de forma adecuada para facilitar su trazabilidad.

Etiquetado y presentación

El presente Reglamento establece disposiciones generales relativas al etiquetado y a la presentación de todos los piensos, como la obligación de indicar:

El etiquetado y la presentación deben ser claramente legibles e indelebles y no deben inducir a error al usuario, en particular sobre el uso o las características del pienso.

La Comisión Europea ha publicado nuevas recomendaciones para ayudar a las empresas y a las autoridades a este respecto. Entre otras:

Envasado

Las materias primas para piensos y los piensos compuestos para animales deben comercializarse en envases o recipientes sellados. No obstante, algunos piensos pueden comercializarse a granel o en envases o recipientes sin sellar. Esta excepción afecta a:

¿A PARTIR DE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR EL REGLAMENTO?

Está en vigor desde el 21 de septiembre de 2009.

ANTECEDENTES

«Nutrición animal: comercialización de piensos», en el sitio web de la Comisión Europea

ACTO

Reglamento (CE) n.o 767/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009, sobre la comercialización y la utilización de los piensos, por el que se modifica el Reglamento (CE) no 1831/2003 y se derogan las Directivas 79/373/CEE del Consejo, 80/511/CEE de la Comisión, 82/471/CEE del Consejo, 83/228/CEE del Consejo, 93/74/CEE del Consejo, 93/113/CE del Consejo y 96/25/CE del Consejo y la Decisión 2004/217/CE de la Comisión (DO L 229, 1.9.2009, pp. 1-28)

Las posteriores modificaciones del Reglamento (CE) n.o 767/2009 se han incorporado al texto básico. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

ACTOS CONEXOS

Reglamento (UE) n.o 68/2013 de la Comisión, de 16 de enero de 2013, relativo al Catálogo de materias primas para piensos (DO L 29 de 30.1.2013, pp. 1-64)

Véase la versión consolidada.

última actualización 24.07.2022