Subvenciones más eficaces y más accesibles para la investigación

La Comisión Europea presenta en su Comunicación varias orientaciones destinadas a simplificar los procedimientos de participación en los proyectos de investigación financiados por la Unión Europea (UE). El objetivo fundamental es facilitar la obtención y la gestión de las subvenciones para aprovechar todo el potencial de la investigación europea tanto en Europa como fuera de ella. De este modo, esta Comunicación debería contribuir al éxito de la estrategia Europa 2020 para salir de la crisis y preparar la recuperación económica.

ACTO

Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones de 29 de abril de 2010 denominada «Simplificar la ejecución de los Programas Marco de Investigación» [COM(2010) 187 final – no publicada en el Diario Oficial].

SÍNTESIS

La Comunicación de la Comisión tiene por objeto simplificar las normas y procedimientos aplicables a la obtención y la gestión de las subvenciones de la Unión Europea (UE) en el ámbito de la investigación e innovación. La presente Comunicación se estructura en tres apartados principales.

Apartado 1: simplificación de la gestión de las propuestas y las subvenciones dentro del actual marco jurídico y reglamentario (corto plazo)

Este primer apartado pretende mejorar el sistema actual de gestión de las propuestas y las subvenciones para lograr que sea menos engorroso, más simple y más ágil. El objetivo de la mayoría de las mejoras es reducir los plazos de concesión de las subvenciones y de abono de los pagos. Consisten fundamentalmente en:

Apartado 2: adaptación de las normas dentro del actual sistema actual basado en costes

El segundo apartado consiste en adaptar las normas financieras existentes manteniendo un control efectivo. El nuevo sistema debe permitir una aceptación más amplia de las prácticas contables habituales (incluidos los costes de personal medios). Esta adaptación debe, asimismo, disminuir la diversidad de condiciones especiales que se aplican a gran cantidad de actividades (investigación, demostración, gestión) y tipos de participante (organizaciones de investigación, universidades u organismos sin ánimo de lucro, etc.). La posibilidad de utilizar importes a tanto alzado en determinadas categorías de costes posibilitará el abandono total de los costes reales que aumentan la complejidad. Los reembolsos a tanto alzado ya se utilizan ampliamente en el programa «Personas». En lo sucesivo, dichos reembolsos podrán introducirse para proyectos completos, sobre todo para los costes de personal y los propietarios/administradores de PYME que llevan a cabo buena parte del proyecto ellos mismos sin que en las cuentas quede registrado un salario. Además, la modificación del proceso de selección de propuestas contribuirá a reducir el plazo de concesión de las subvenciones y a aliviar la carga administrativa, tanto para los Estados miembros como para los servicios de la Comisión.

Apartado 3: hacia una financiación basada en los resultados, no en los costes

Las opciones presentadas en los dos apartados anteriores no suprimirán el trabajo administrativo relacionado con la declaración de los costes y las auditorías financieras. En cambio, la progresiva introducción de la «remuneración por resultados» minimizará la carga administrativa relacionada con la contabilidad y la necesidad de comprobaciones financieras ex ante y ex post. Esta modificación se aplicará en futuros Programas Marco de Investigación. Los beneficiarios de subvenciones de la UE recibirán importes a tanto alzado para desarrollar tareas científicas específicas. Deberán demostrar que han actuado de manera eficaz y eficiente en lugar de justificar una por una sus partidas de gastos.

Perspectivas

La mayoría de las opciones propuestas en el segundo y tercer apartado requieren modificar las normas. Deberían, por consiguiente, enmarcarse en el contexto de la revisión trienal del Reglamento Financiero y, sobre esta base, en la próxima revisión del marco regulador de la política de investigación.

No obstante, la Comisión podría presentar modificaciones al Séptimo Programa Marco (7º PM), tras su evaluación intermedia prevista para octubre de 2010.

Contexto

El 7º PM ha suscitado gran interés en la comunidad científica habiéndose recibido cada año más de 30 0000 propuestas y alrededor de 7000 proyectos financiados. Participan casi todas las universidades europeas.

Durante la elaboración y posterior aplicación del 7º PM, se han adoptado una serie de medidas para simplificar los procedimientos. Entre dichas medidas se encuentra un nuevo fondo de garantía y un sistema de registro único que permite a las organizaciones que solicitan financiación para varios proyectos de varios años transmitir sus datos una sola vez. Además, a partir de ahora, ocho participantes del 7º PM estarán exentos de control ex ante de la capacidad financiera.

En 2007, la Comisión creó dos nuevas agencias ejecutivas:

El Consejo Europeo de Investigación es uno de los elementos esenciales del 7º PM. Otorga subvenciones a proyectos desarrollados por investigadores (noveles o experimentados) sin exigir que dichos proyectos se inscriban en consorcios transfronterizos.

Última modificación: 17.09.2010