Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y Chile

 

SÍNTESIS DE LOS DOCUMENTOS:

Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea, los Estados miembros de la Unión Europea y Chile

Decisión 2002/979/CE relativa a la firma y a la aplicación provisional de determinadas disposiciones del Acuerdo por el que se establece una asociación entre la Comunidad Europea y la República de Chile

Decisión 2005/269/CE de 28 de febrero de 2005 relativa a la celebración de un Acuerdo por el que se establece una Asociación entre la UE y Chile

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE ACUERDO Y DE ESTAS DECISIONES?

PUNTOS CLAVE

El Acuerdo incluye tres capítulos fundamentales:

Diálogo político

Este capítulo tiene por objeto fomentar y defender los valores democráticos. Las partes se reúnen periódicamente, coordinan sus posiciones y adoptan iniciativas conjuntas en los foros internacionales con el fin de cooperar en el ámbito de la política exterior y de seguridad. Este diálogo tiene también como objetivo la cooperación contra el terrorismo.

Cooperación

Los objetivos de este capítulo son los siguientes:

Cooperación económica

Se desarrolla en distintos ámbitos relacionados con el comercio, tales como la cooperación en materia de normas, reglamentos técnicos, procedimientos de evaluación de la conformidad, cooperación aduanera, cooperación en el sector agrícola y rural, medidas sanitarias y fitosanitarias, pesca y estadísticas.

La cooperación económica abarca lo siguiente:

Cooperación en materia de ciencia, tecnología y sociedad de la información

Se centra en el diálogo, el intercambio de información, el fomento del comercio, la formación, los proyectos conjuntos y la intensificación de las intervenciones, entre otras cosas.

Cooperación en materia de cultura, educación y sector audiovisual

Su objetivo es garantizar el apoyo notable a todos los niveles de enseñanza y proporcionar acceso a la educación a los grupos sociales vulnerables, tales como personas con discapacidades y personas en situación de extrema pobreza.

Las actividades incluyen programas de formación conjuntos e intercambios en los ámbitos de la prensa, el cine y la televisión, y la juventud.

Cooperación a escala administrativa e interinstitucional

Tiene como objeto modernizar y descentralizar la administración pública. Esto se consigue a través de la asistencia técnica y el intercambio de experiencias y conocimientos técnicos, así como por medio de estudios y formación.

Cooperación en el ámbito social

Su objetivo es fomentar la participación de los interlocutores sociales e impedir el trato discriminatorio de los ciudadanos de una de las partes que residan legalmente en el territorio de la otra parte. Se da prioridad a las medidas destinadas a lo siguiente:

Aspectos comerciales

La parte IV del Acuerdo contiene las cláusulas que rigen el comercio y cuestiones relacionadas con este. Abarca los siguientes aspectos:

Aplicación del Acuerdo

Se crea un Consejo de Asociación para supervisar la aplicación del Acuerdo.

Modificación

El Acuerdo se ha modificado varias veces. Estas modificaciones se han realizado debido a lo siguiente:

FECHA DE ENTRADA EN VIGOR

El Acuerdo entró en vigor el 1 de marzo de 2005.

ANTECEDENTES

Para más información, véase:

DOCUMENTOS PRINCIPALES

Acuerdo por el que se establece una Asociación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Chile, por otra - Acta final (DO L 352 de 30.12.2002, pp. 3-1450).

Las modificaciones y correcciones sucesivas del Acuerdo se han incorporado al texto básico. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

Decisión 2002/979/CE del Consejo, de 18 de noviembre de 2002, relativa a la firma y a la aplicación provisional de determinadas disposiciones del Acuerdo por el que se establece una asociación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Chile, por otra (DO L 352 de 30.12.2002, pp. 1-2).

Decisión 2005/269/CE del Consejo, de 28 de febrero de 2005, relativa a la celebración de un Acuerdo por el que se establece una Asociación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Chile, por otra (DO L 84 de 2.4.2005, pp. 19-20).

DOCUMENTOS CONEXOS

Información relativa a la entrada en vigor del Acuerdo por el que se establece una asociación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Chile, por otra (DO L 84 de 2.4.2005, p. 21).

Decisión 2003/589/CE del Consejo, de 21 de julio de 2003, relativa a la celebración del Acuerdo de cooperación científica y tecnológica entre la Comunidad Europea y la República de Chile (DO L 199 de 7.8.2003, p. 19).

Acuerdo de cooperación científica y tecnológica entre la Comunidad Europea y la República de Chile (DO L 199 de 7.8.2003, pp. 20-27).

Decisión 98/708/CE del Consejo de 3 de noviembre de 1998 referente a la celebración del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la República de Chile relativo a los precursores y a las sustancias químicas utilizados frecuentemente para la fabricación ilícita de estupefacientes o de sustancias psicotrópicas (DO L 336 de 11.12.1998, pp. 46-47).

Acuerdo entre la Comunidad Europea y la República de Chile relativo a los precursores y a las sustancias químicas utilizados frecuentemente para la fabricación ilícita de estupefacientes o de sustancias psicotrópicas (DO L 336 de 11.12.1998, pp. 48-54).

última actualización 12.05.2021