Asociación especial con Cabo Verde
La Unión Europea (UE) propone reforzar sus relaciones con la República de Cabo Verde en el marco del acuerdo de Cotonú, sobre la base de una asociación especial. Ésta se concentrará, en particular, en la cooperación a nivel político y en los ámbitos de la seguridad, la integración regional, la sociedad del conocimiento y la lucha contra la pobreza.
ACTO
Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo, de 24 de octubre de 2007, sobre el futuro de las relaciones entre la Unión Europea y la República de Cabo Verde [COM (2007) 641 final - no publicada en el Diario Oficial].
SÍNTESIS
La República de Cabo Verde y la UE están unidas por vínculos históricos, humanos, religiosos, lingüísticos y culturales. Comparten valores sociopolíticos fundamentales como la defensa de la democracia y los derechos humanos, la promoción de la buena gobernanza, la paz, la seguridad, y la lucha contra el terrorismo y la delincuencia. En particular, comparten prioridades en materia de lucha contra el tráfico ilegal de drogas y la inmigración clandestina, lo que exige a Cabo Verde aumentar la cooperación policial y judicial con la UE.
Asociación especial UE-Cabo Verde
Ante el interés creciente de Cabo Verde por aproximarse a la UE, en particular a sus regiones ultraperiféricas (RUP) del Atlántico Norte (Azores, Madeira y Canarias) y para responder a los intereses mutuos de la UE y Cabo Verde en materia de seguridad y desarrollo, la Comisión propone una asociación especial. Ésta tiene por objeto reforzar la concertación y la convergencia de políticas entre las dos partes, en el contexto de la aplicación del acuerdo de Cotonú.
La asociación prevista se caracteriza por:
- el refuerzo del diálogo político entre las dos partes, sobre la base de un plan de acción que cubra las prioridades previstas en el proceso de desarrollo de la asociación especial y que integre los instrumentos de cooperación previstos por el acuerdo de Cotonú;
- la búsqueda de formas de cooperación complementarias a las acciones tradicionales aplicadas en el marco del acuerdo de Cotonú;
- la promoción de un proceso progresivo, basado en un plan de acción flexible que pueda adaptarse a la evolución del país y a sus relaciones con la UE y los terceros países;
- la continuación de los avances en el ámbito de la buena gobernanza en Cabo Verde;
- el apoyo a la aproximación de Cabo Verde a las RUP y al resto de la UE, intensificando además las relaciones del país con África occidental y en el seno de la Comunidad Económica de Estados de África Occidental (CEDEAO);
- la promoción de la convergencia con las normas y modelos europeos, con el fin de reforzar las ventajas comparativas del país.
Esta asociación abre nuevas perspectivas, permitiendo, en particular:
- reforzar la cooperación entre ambas partes a nivel político, económico, comercial, administrativo y judicial;
- garantizar la convergencia de la legislación en materia de disposiciones normativas económicas y técnicas;
- ofrecer a Cabo Verde, en el marco de su aproximación con las RUP, un acceso al mercado interior de la UE así como la posibilidad de participar progresivamente en políticas y programas de la UE;
- promover actividades destinadas a acercar a Cabo Verde al acervo comunitario en los ámbitos incluidos en el plan de acción.
El plan de acción para la asociación, que representa el marco estratégico global, se basa en los siguientes pilares:
- la política de buena gobernanza perseguida por Cabo Verde, en particular, la consolidación de la democracia, el Estado de Derecho y la participación de la sociedad civil; la asociación se concentrará también en los derechos de niños y mujeres, la integración de los inmigrantes y la lucha contra la violencia doméstica, así como la reforma del sector de la justicia y la hacienda pública;
- la seguridad y la estabilidad, en particular, mediante acciones realizadas sobre una base transfronteriza y regional en los ámbitos de la lucha contra el crimen organizado transnacional, la gestión eficaz de los flujos migratorios y la seguridad marítima;
- la integración regional, tanto en las RUP (en particular, a través de la participación del país en el programa de cooperación transnacional Madeira, Azores, Canarias [MAC] para el período 2007-2013 y en los mecanismos de cooperación en las RUP) como África occidental (por la consideración de la especificidad de Cabo Verde en el marco del Acuerdo Económico de Asociación y en la utilización de los recursos de los programas orientativos regionales del Fondo Europeo de Desarrollo (FED));
- la convergencia de las políticas en materia técnica y normativa en los sectores incluidos en el plan de acción;
- los avances hacia la «sociedad del conocimiento», favoreciendo el desarrollo económico, social y cultural por medio de la educación, la investigación y las tecnologías de la información y la comunicación;
- la lucha contra la pobreza, en particular, mediante actividades de protección del medio ambiente y los recursos naturales, de conservación del medio ambiente marino y la cooperación reforzada en el ámbito de la pesca.
La aplicación del plan de acción se financiará principalmente por medio del FED así como del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) en el marco del programa MAC para el período 2007-2013. Además, el presupuesto general de la Comunidad Europea prestará apoyo a actividades específicas, en particular, los programas temáticos financiados por el instrumento para la cooperación al desarrollo, así como las actividades financiadas por el instrumento de estabilidad, el instrumento para la promoción de la democracia y los derechos humanos y el instrumento de ayuda humanitaria. Esta financiación viene a añadirse a los recursos propios del Gobierno de Cabo Verde.
El plan de acción tendrá una duración indeterminada y se revisará periódicamente. La Troika de la UE garantizará su seguimiento y su aplicación a nivel político y técnico.
ACTOS CONEXOS
Conclusiones del Consejo sobre el futuro de las relaciones entre la Unión Europea y la República de Cabo Verde - Consejo de Asuntos Generales y Relaciones Exteriores - 19 de noviembre de 2007 [No publicadas en el Diario Oficial] .
Última modificación: 08.01.2008