Pesca: industria pesquera y reducción de la pobreza

1) OBJETIVO

Elaborar las orientaciones y directrices para la política comunitaria relativa a la pesca y los países en desarrollo.

2)ACTO

Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo, de 8 de noviembre de 2000, "Industria pesquera y reducción de la pobreza" [COM(2000) 724 final - No publicado en el Diario Oficial].

3)SÍNTESIS

Situación de los países en desarrollo

Las actividades relacionadas con la pesca y la acuicultura son muy importantes para los países en desarrollo por varias razones. La pesca es una fuente importante de empleo, nutrición, seguridad alimentaria y renta para estos países que exportan los productos a los países desarrollados, en particular, a la Unión Europea. Al sector pesquero le corresponde desempeñar un papel considerable en la lucha contra la pobreza, objetivo principal de la política de desarrollo de la Comunidad Europea. Como la pesca es una actividad que afecta varias políticas (desarrollo, comercio, etc.), la Comunidad debe garantizar la coherencia entre las actividades relacionadas con la pesca en todos los ámbitos. También es esencial una mayor complementariedad entre las políticas de la Comunidad Europea y las de los Estados miembros.

La pesca como actividad de comercio internacional

El comercio de los productos pesqueros y de la acuicultura es el más internacionalizado de todos los comercios de productos alimentarios. Por lo tanto, la durabilidad de los recursos pesqueros de los países en desarrollo afecta tanto a los países desarrollados como a los países en desarrollo y, en particular, la Unión Europea. Del 50 al 60% de las capturas mundiales, de las que una parte corresponde a las realizadas por los pescadores europeos gracias a los acuerdos pesqueros, se efectúan en aguas jurisdiccionales de los países en desarrollo. La durabilidad de los recursos pesqueros supone un gran reto para la Unión Europea que no es ya capaz de satisfacer la demanda de los consumidores europeos a partir de aguas jurisdiccionales europeas. La Comunidad Europea ha celebrado acuerdos pesqueros con 26 países, de los que 17 son países en desarrollo. Estos acuerdos permiten a los pescadores europeos faenar en las aguas de terceros países para atender la demanda creciente de la Unión. La Unión tiene así una posición clave como gran productor, importador neto y consumidor. En consecuencia, la política pesquera común de la Comunidad Europea (PPC), que tiene un impacto significativo en los países en desarrollo, debe tener en cuenta unas condiciones que permitan a estos países administrar y valorizar lo mejor posible sus propios recursos pesqueros.

Principios

La Comunidad debe adoptar un enfoque global que vincule la durabilidad de los recursos y la reducción de la pobreza. Es necesario garantizar un equilibrio entre los intereses de todas las partes, en los países desarrollados y en los países en desarrollo. A este respecto, la política debe garantizar un equilibrio entre:

Con el fin de lograr los objetivos principales, la Comisión identifica directrices para las intervenciones comunitarias en este sector. Se elaboran, por una parte, para los países en desarrollo en los que la pesca es una prioridad en la estrategia de desarrollo y, por otra parte, para los países con los que la Comunidad ha firmado un acuerdo pesquero.

Países en los que la pesca es una prioridad en la estrategia de desarrollo Para algunos países en desarrollo, el sector pesquero se ha identificado como sector prioritario en su estrategia de desarrollo. En estos países, la política comunitaria debería atenerse a las directrices siguientes:

Países con los que la Comunidad ha firmado un acuerdo pesquero Un aspecto clave de la política comunitaria con estos países es el refuerzo de la coherencia entre la política de desarrollo de la Comunidad y el componente externo de su política pesquera común. Para ello se han elaborado las directrices siguientes:

Principios reconocidos a nivel internacional en materia de desarrollo vinculado a los recursos acuáticos Una serie de declaraciones internacionales destacan varios grandes principios rectores que pueden orientar la acción en cuanto a cooperación al desarrollo en el ámbito del desarrollo vinculado a los recursos acuáticos. La aceptación de estos principios ha permitido alcanzar un consenso internacional sobre su aplicación. La Comunidad Europea convino en varias ocasiones en que aplicaría estos principios, que se han integrado naturalmente en la política comunitaria en este ámbito. A continuación se enuncian nueve de ellos en el orden cronológico de la celebración de las conferencias en las que se adoptaron:

Montego Bay 1982 La tercera Conferencia de las Naciones Unidas sobre el derecho del mar llevó a la firma de un convenio. Este Convenio de las Naciones Unidas que entró en vigor el 16 de noviembre de 1994 tiene por objetivo favorecer la explotación pacífica de los mares y océanos, la explotación equitativa y eficaz de sus recursos, la conservación de sus recursos biológicos y el estudio, la protección y la conservación del medio marino.

Río de Janeiro, junio de 1992 En la cumbre de Río sobre el medio ambiente y el desarrollo, se adoptaron una declaración y un plan de acción (Acción 21), que incluyen varias recomendaciones y principios que deben aplicarse en cuanto a gestión de los recursos pesqueros:

Roma, octubre de 1995 En la 28ª Conferencia de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), se aprobó por consenso el código de conducta para una pesca responsable. La FAO elaboró este código facultativo tras el impulso dado por la Cumbre de Río a la integración del desarrollo sostenible. Se concibe para aplicar a los recursos los principios de la gestión sostenible. Recoge y precisa el principio de prevención aplicado al desarrollo pesquero. Se tendrán en cuenta los principios siguientes, que refuerzan o complementan los ya enunciados:

Kioto, diciembre de 1995 En la Conferencia internacional de Kioto sobre la contribución duradera de la pesca a la seguridad alimentaria, 95 Estados y la Comunidad Europea afirmaron ser conscientes de que, sin acción, las considerables presiones ejercidas sobre los recursos acuáticos provocadas por los problemas medioambientales, el crecimiento demográfico y la sobrepesca, entre otras cosas, podrían imponer limitaciones a la indispensable contribución de los productos acuáticos a la seguridad alimentaria. La declaración adoptada después de esta conferencia enuncia el siguiente principio:

4) disposiciones de aplicación

5)trabajos posteriores

Última modificación: 08.04.2002