Dispositivos de remolque de los vehículos de motor

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Reglamento (CE) n.o 1005/2010 relativo a los requisitos de homologación de tipo para los dispositivos de remolque de los vehículos de motor

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE REGLAMENTO?

PUNTOS CLAVE

Tipos de vehículos afectados

El presente Reglamento se aplicará a los vehículos de motor de las categorías M y N, a saber:

Requisitos aplicables a los dispositivos de remolque

Normas para la homologación de tipo UE

El fabricante del vehículo debe presentar una solicitud de homologación de tipo UE a la autoridad competente. Dicha solicitud deberá contener información específica, en concreto:

Si la autoridad competente considera que el vehículo cumple todos los requisitos necesarios relativos a los dispositivos de remolque, ésta concede la homologación de tipo CE y expide un número de homologación de conformidad con la Directiva 2007/46/CE.

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR EL REGLAMENTO?

Está en vigor desde el 29 de noviembre de 2010.

ANTECEDENTES

Para obtener más información, véase:

TÉRMINOS CLAVE

Dispositivo de remolque: dispositivo en forma de gancho, anilla o de otro tipo, al que se puede fijar una pieza de conexión, como una barra o una cuerda de remolque.

DOCUMENTO PRINCIPAL

Reglamento (UE) n.o 1005/2010 de la Comisión, de 8 de noviembre de 2010, relativo a los requisitos de homologación de tipo para los dispositivos de remolque de los vehículos de motor y por el que se aplica el Reglamento (CE) n.o 661/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a los requisitos de homologación de tipo referentes a la seguridad general de los vehículos de motor, sus remolques y sistemas, componentes y unidades técnicas independientes a ellos destinados (DO L 291 de 9.11.2010, pp. 36-42).

DOCUMENTOS CONEXOS

Reglamento (CE) n.o 661/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009, relativo a los requisitos de homologación de tipo referentes a la seguridad general de los vehículos de motor, sus remolques y sistemas, componentes y unidades técnicas independientes a ellos destinados (DO L 200 de 31.7.2009, pp. 1-24).

Las modificaciones sucesivas al Reglamento (CE) n.o 661/2009 se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada tiene un valor meramente documental.

Directiva 2007/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de septiembre de 2007, por la que se crea un marco para la homologación de los vehículos de motor y de sus remolques, sistemas, componentes y unidades técnicas independientes destinados a dichos vehículos (Directiva marco) (DO L 263 de 9.10.2007, pp. 1-160).

Véase la versión consolidada.

última actualización 02.05.2019