Vehículos impulsados por hidrógeno: normas de homologación
SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:
SÍNTESIS
¿QUÉ HACE ESTE REGLAMENTO?
Establece los requisitos de fabricación de los vehículos impulsados por hidrógeno utilizados para transportar pasajeros y mercancías, así como los de sus componentes y sistemas.
PUNTOS CLAVE
¿A PARTIR DE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR EL REGLAMENTO?
Está en vigor desde el 24 de febrero de 2011.
ACTO
Reglamento (CE) n.o79/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de enero de 2009, relativo a la homologación de los vehículos de motor impulsados por hidrógeno y que modifica la Directiva 2007/46/CE (DO L 35 de 4.2.2009, pp. 32-46)
ACTOS CONEXOS
Reglamento (UE) n.o 406/2010 de la Comisión, de 26 de abril de 2010, por el que se aplica el Reglamento (CE) n.o 79/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la homologación de los vehículos de motor impulsados por hidrógeno (DO L 122 de 18.5.2010, pp. 1-107). Las sucesivas modificaciones del Reglamento (UE) n.o 406/2010 de la Comisión se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.
Reglamento (UE) n.o 630/2012 de la Comisión, de 12 de julio de 2012, por el que se modifica el Reglamento (CE) n.o 692/2008 en lo que respecta a los requisitos de homologación de tipo de los vehículos de motor alimentados con hidrógeno o con una mezcla de hidrógeno y gas natural por lo que se refiere a las emisiones, y en lo que respecta a la inclusión de información específica relativa a los vehículos equipados con una cadena de tracción eléctrica en la ficha de características a efectos de la homologación de tipo CE (DO L 182 de 13.7.2012, pp. 14-26)
última actualización 21.03.2016