Elementos y características de los tractores agrícolas o forestales de ruedas
La presente Directiva define el marco jurídico destinado a garantizar el respeto de las normas de seguridad aplicables al diseño y la fabricación de los tractores agrícolas o forestales de ruedas. De este modo, contribuye a la libre circulación de esta categoría de productos en el mercado interior.
ACTO
Directiva 2009/63/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009, sobre determinados elementos y características de los tractores agrícolas o forestales de ruedas (Texto pertinente a efectos del EEE).
SÍNTESIS
La presente Directiva establece las prescripciones técnicas relativas al diseño y la fabricación de tractores agrícolas y forestales. Estas prescripciones se refieren a:
Definición
Un tractor (agrícola o forestal) está especialmente concebido para arrastrar, empujar, llevar o accionar determinados aperos, máquinas o remolques destinados a ser empleados en la explotación agrícola o forestal. El término se refiere a todo vehículo a motor, con ruedas u orugas y dos ejes como mínimo.
Podrá estar equipado para transportar carga y acompañantes.
La presente Directiva sólo se aplicará a los tractores montados sobre ruedas neumáticas que desarrollen una velocidad máxima por construcción comprendida entre 6 y 40 kilómetros por hora.
Concesión de la homologación CE
Los Estados miembros deberán conceder la homologación CE (que atestigua que un tipo de vehículo, sistema o equipo satisface las prescripciones técnicas exigidas para su puesta en circulación) y aceptar la homologación de ámbito nacional de todo tractor que cumpla los requisitos enumerados previamente. De lo contrario, los Estados miembros podrán considerar los certificados presentados como no válidos y denegar la matriculación, la venta o la puesta en circulación del vehículo.
La presente Directiva deroga la Directiva 74/151/CE.
Referencias
Acto |
Entrada en vigor |
Plazo de transposición en los Estados miembros |
Diario Oficial |
Directiva 2009/63/CE |
9.9.2009 |
- |
DO L 214 de 19.8.2009 |
Última modificación: 01.02.2010