Directrices estratégicas de la Unión Europea de desarrollo rural

En estas directrices estratégicas, el Consejo determina las prioridades de la Unión Europea (UE). Procura principalmente garantizar la coherencia entre el desarrollo rural y las demás políticas europeas, especialmente las de cohesión y medio ambiente, así como complementar la aplicación de la nueva Política Agrícola Común (PAC) y la reestructuración que de ella se deriva.

ACTO

Decisión 2006/144/CE del Consejo, de 20 de febrero de 2006, sobre las directrices estratégicas comunitarias de desarrollo rural (período de programación 2007-2013) [Véanse los acto(s) modificativo(s)].

SÍNTESIS

Las regiones rurales representan el 92 % del territorio de la Unión Europea (UE). Estas regiones generan el 45 % del valor añadido y el 53 % de los puestos de trabajo de la UE. Pese a la gran diversidad de situaciones, tales regiones presentan en general una renta per cápita inferior en aproximadamente un tercio a la media europea, una baja tasa de actividad de las mujeres y un sector de servicios menos desarrollado.

Las zonas rurales tienen pues ante sí retos concretos en los años venideros en materia de crecimiento, empleo y desarrollo sostenible. El nuevo período de programación es una oportunidad única para orientar la ayuda del nuevo Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural hacia esos objetivos. Para hacer frente a estos retos son precisas intervenciones sectoriales y territoriales.

El desarrollo rural y los objetivos generales de la Unión

La política de desarrollo rural se centra en tres ámbitos fundamentales: la economía agroalimentaria, el medio ambiente y la población rural. La nueva generación de estrategias y programas se articulará en torno a cuatro ejes:

Las prioridades de la UE de desarrollo rural para el periodo de programación 2007-2013

El Consejo expone las prioridades estratégicas de la UE, asignando a cada una de ellas una serie de actuaciones básicas indicativas. Las prioridades europeas se integrarán en los planes estratégicos nacionales de los Estados miembros y en los programas de desarrollo rural. Los recursos se asignarán a los diversos ejes en función de las situaciones particulares, de los puntos fuertes y débiles, y de las oportunidades de cada región incluida en un programa.

Prioridad 1: Mejora de la competitividad de los sectores agrario y silvícola

El objetivo es dinamizar el sector agroalimentario europeo. La UE pretende sobre todo favorecer la transferencia de conocimientos, promover la innovación y reforzar la inversión en capital físico y humano. En este marco, las actuaciones básicas pueden ser las siguientes:

Prioridad 2: Mejora del medio ambiente y del entorno natural

Los recursos asignados al eje 2 pretenden mejorar los recursos naturales y los paisajes de las zonas rurales de la UE, en especial, en el ámbito de la biodiversidad, la preservación de los sistemas de alto valor natural, el agua y el cambio climático. La Unión Europea promueve principalmente:

Prioridad 3: Mejora de la calidad de vida en las zonas rurales y fomento de la diversificación de la economía rural

El objetivo de la UE es favorecer el empleo y mejorar las condiciones de crecimiento en las zonas rurales. En este ámbito, las actuaciones básicas podrían tener como objetivo:

Prioridad 4: Desarrollar la capacidad local de creación de empleo y diversificación

Los recursos que se asignen al eje Leader deben contribuir a mejorar la gobernanza y movilizar el potencial de desarrollo endógeno de las zonas rurales. Se trata de un enfoque horizontal que combina los tres objetivos (competitividad, medio ambiente y calidad de vida/diversificación). En este marco, las actuaciones básicas podrían tener como objetivo:

Prioridad 5: Garantizar la coherencia de la programación

Cuando elaboren su estrategia nacional, los Estados miembros deberán velar por que exista la máxima sinergia posible entre los diferentes ejes, y por que no se produzcan contradicciones.

Además, la UE proporciona un marco para mejorar la gobernanza y la aplicación de las políticas mediante la creación de redes europeas y nacionales. Dichas redes favorecen, por ejemplo, el intercambio de buenas prácticas y de conocimientos en materia de elaboración y de gestión de las políticas rurales.

Prioridad 6: Complementariedad entre los instrumentos europeos

Para garantizar las sinergias entre la política estructural, la política de empleo y la política de desarrollo rural, los Estados miembros deberían velar por que las actuaciones financiadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, el Fondo de Cohesión, el Fondo Social Europeo y el Fondo Europeo de Pesca en una zona dada y en un ámbito concreto de actividad fueran complementarias y coherentes entre sí.

La línea de demarcación y los mecanismos de coordinación entre las actuaciones financiadas por los diferentes fondos deben fijarse en el marco estratégico nacional.

Nuevos retos que hay que superar

La presente Decisión fue modificada en 2009 con el fin de incorporar a las orientaciones estratégicas los nuevos retos a los que debe hacer frente la Unión:

Dichos objetivos tienen una dimensión transversal y pueden, por tanto, ser incorporados a las prioridades de los planes estratégicos nacionales de los Estados miembros. Por ejemplo, la UE anima a los Estados miembros a:

Referencias

Acto

Entrada en vigor

Plazo de transposición en los Estados miembros

Diario Oficial

Decisión 2006/144/CE del Consejo

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DO L 55, 25.2.2006

Acto(s) modificativo(s)

Entrada en vigor

Plazo de transposición en los Estados miembros

Diario Oficial

Decisión 2009/61/CE del Consejo

19.1.2009

-

DO L 30, 31.1.2009

ACTOS CONEXOS

Reglamento (CE) n° 1698/2005 del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) [Diario Oficial n° L 277 de 21.10.2005] Este Reglamento establece un instrumento único de financiación de la política de desarrollo rural: el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

Última modificación: 30.06.2011