Cooperación con el Centro Africano de Estudios e Investigaciones sobre el Terrorismo

La Unión Europea ofrece su apoyo al Centro Africano de Estudios e Investigaciones sobre el Terrorismo. Esta Acción Común tiene por objetivo que los Estados miembros de la Unión Africana cooperen más y mejoren la organización de sus capacidades en materia de lucha contra el terrorismo. Esta acción común se inscribe en el marco de la aplicación de la estrategia de la Unión Europea en favor de la lucha contra el terrorismo.

ACTO

Acción Común 2007/501/PESC del Consejo, de 16 de julio de 2007, relativa a la cooperación con el Centro Africano de Estudios y de Investigaciones sobre el Terrorismo, en el marco de la aplicación de la Estrategia de la Unión Europea de Lucha contra el Terrorismo.

RESUMEN

La presente Acción Común ofrece el apoyo de la Unión Europea a los Estados miembros de la Unión africana (UA) (EN) y tiene por objeto mejorar la organización de las capacidades de los Estados miembros de la UA en materia de lucha antiterrorista y reforzar su cooperación, en particular mediante el intercambio de información.

Para mejorar la eficacia de los dispositivos antiterroristas de los países africanos, la UE se compromete a prestar su apoyo financiero al Centro Africano de Estudios y de Investigaciones sobre el Terrorismo (CAERT) (EN) (FR).

Centro Africano de Estudios y de Investigaciones sobre el Terrorismo

Desde su creación en 2004, el CAERT se encarga de evaluar la amenaza terrorista en África y de promover la cooperación antiterrorista interafricana. Se ocupa más concretamente de ejecutar acciones de formación; realizar estudios; constituir bases de datos para la recogida, el intercambio y el análisis de información; así como de ejercer una función de vigilancia y alerta en materia de terrorismo.

Proyecto

El proyecto consiste en realizar misiones de auditoría de los dispositivos nacionales de lucha antiterrorista así como en asesorar en materia de reorganización en los Estados miembros de la UA. Para ello, durante en el próximo seminario de Addis Abeba se presentará un plan de acción elaborado por la UE.

Este seminario reunirá a dos representantes de cada uno de los 53 países de la UA, de Marruecos, de la Oficina de la ONU contra la Droga y el Delito (ONUDC) (EN) (FR), del CAERT y de cada Estado miembro de la UE, así como al coordinador antiterrorista de la UE.

Tras el seminario, los Estados africanos comunicarán su deseo o no de recibir una misión de auditoría. Compuestos por dos especialistas procedentes de Estados miembros de la UE y por un miembro del CAERT, los equipos de auditoría están encargados de redactar informes que contengan recomendaciones que, en caso de ser aceptadas por las autoridades de los países auditados, serán aplicadas por éstos últimos bajo el seguimiento del CAERT.

En paralelo, las evaluaciones que recopilan las posibles mejoras se envían al CAERT, que las transmite al Consejo para que éste las comunique a los Estados miembros. Sobre la base de estas evaluaciones y previo acuerdo de la UE, el CAERT puede proponer acciones de asesoramiento a los países auditados.

Ejecución

La Presidencia, asistida por el Secretario General del Consejo/Alto Representante para la Política Exterior y de Seguridad Común (PESC), es responsable de la aplicación de la presente Acción Común.

El CAERT se encarga de:

El Consejo y la Comisión garantizan la coherencia entre la aplicación de la presente Acción Común y las otras actividades exteriores de la Comunidad.

Modalidades

El importe financiero para la aplicación del proyecto asciende a 665 000 euros. La Comisión velará por la buena gestión de los gastos, facilitará los datos relativos a los aspectos financieros y concluirá un convenio de financiación con el CAERT, informando al Consejo en caso de dificultad.

La Acción Común entrará en vigor el día de su adopción y expirará 18 meses después de la conclusión del convenio de financiación o el 16 de julio de 2008, si antes de esa fecha no se hubiera celebrado ningún acuerdo.

Contexto

La presente Acción Común se inscribe en el marco de la Estrategia de lucha contra el terrorismo de la UE, de la Estrategia de la UE para África, del plan de acción sobre prevención y lucha contra el terrorismo en África así como del Convenio sobre prevención y lucha contra el terrorismo firmado en Argel.

Referencias

Acto

Entrada en vigor

Plazo de transposición en los Estados miembros

Diario Oficial

Acción Común 2007/501/PESC

16.7.2007

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DO L 185 de 17.7.2007

Última modificación: 08.05.2008