ARGO

ARGO es el nuevo programa de acción de cooperación administrativa en el ámbito de las políticas de asilo, inmigración y cruce de las fronteras exteriores, que sustituye al programa Odysseus.

ACTO

Decisión del Consejo, de 13 de junio de 2002, por la que se adopta un programa de acción relativo a la cooperación administrativa en los ámbitos de fronteras exteriores, visados, asilo e inmigración (ARGO) [Véanse actos modificativos].

SÍNTESIS

1. La Decisión tiene por objeto crear un nuevo programa de cooperación administrativa en los ámbitos de las fronteras exteriores, los visados, el asilo y la inmigración ya que el presupuesto del programa Odysseus fue utilizado en 2001. El programa, denominado ARGO, abarca el período de 1 de enero de 2002 a 31 de diciembre del 2006.

2. Los objetivos del programa son:

3. El programa apoyará las medidas relativas a:

4. En estos ámbitos el programa podrá financiar los siguientes tipos de actividades:

5. El programa ARGO puede financiar también proyectos nacionales en el ámbito de las fronteras exteriores, con el fin de compensar ciertos fallos estructurales constatados en puntos estratégicos de cruce de fronteras sobre la base de criterios objetivos.

6. El programa ARGO podrá financiar hasta un 60% del coste de la acción (y hasta un 80% en circunstancias excepcionales). La intervención del programa excluye cualquier otra financiación con cargo a otro programa financiado por el presupuesto comunitario. El importe asignado al programa es de 25 millones de euros. Además, la autoridad presupuestaria incrementó sensiblemente los créditos destinados al programa ARGO en 2004, para mejorar la gestión de las fronteras exteriores.

7. La Comisión será responsable, en asociación con los Estados miembros, de la aplicación del programa ARGO. Además, deberá elaborar un programa anual y deberá evaluar y seleccionar las acciones propuestas. La evaluación se hará respetando algunos criterios como la conformidad con el programa anual, la dimensión europea de la acción, la calidad de la acción, el importe del apoyo solicitado, etc.

8. Un Comité compuesto de representantes de los Estados miembros denominado "Comité ARGO" asistirá a la Comisión, que presentará al Parlamento Europeo y al Consejo un informe anual sobre la aplicación del programa. En 2003 la Comisión presentó el primer informe y el informe final deberá ser presentado el 31 de diciembre de 2007, a más tardar.

Acto

Fechade entrada en vigor

Plazo límite de transposición en los Estados miembros

Diario Oficial

Decisión 2002/463/CE

19.06.2002

-

L 161 de 19.6.2002

Acto modificativo

Entrada en vigor

Transposición en los Estados miembros

Diario Oficial

Decisión 2004/867/CE

18.12.2004

-

L 371 de 18.12.2004

Última modificación: 13.09.2005