Lucha contra el racismo en los países candidatos

1) OBJETIVO

Dar una visión de las medidas que pueden contribuir a la lucha contra el racismo en los países candidatos y formular sugerencias para implicar más estrechamente a los países candidatos en las iniciativas de la UE.

2) MEDIDA DE LA UNIÓN

Comunicación de la Comisión, de 26 de mayo de 1999, al Consejo Europeo celebrado en Colonia el 3 y 4 de junio de 1999 relativa a la lucha contra el racismo, la xenofobia y el antisemitismo en los países candidatos.

3) CONTENIDO

El Consejo Europeo de Viena (11 y 12 de diciembre de 1998) invitó a la Comisión a proponer medidas para luchar contra el racismo en los países candidatos a la adhesión a la UE, en relación con la entrada en vigor del Tratado de Amsterdam que refuerza el principio del respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales mediante un mecanismo de sanción para el Estado miembro que no los respete.

Ya existen distintos instrumentos en materia de lucha contra el racismo: el Convenio de las Naciones Unidas sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial, el Convenio europeo de los derechos humanos y el Convenio para la protección de las minorías nacionales, que fueron ratificados por la mayoría de los países candidatos, lo que permite garantizar normas comunes en cuanto al respeto de los derechos humanos y la lucha contra el racismo.

El proceso de ampliación

En 1997 la Comisión examinó las solicitudes de adhesión de los distintos países candidatos (Países de Europa Central y Oriental (PECO) y Chipre, a los cuales se añadió Malta en 1999) respecto a los criterios definidos por el Consejo Europeo de Copenhague en 1993 que establecen la necesidad para el país candidato de tener "instituciones estables que garanticen la democracia, la primacía del derecho, los derechos humanos, el respeto de las minorías y su protección". En esta primera evaluación de 1997, como en los informes anuales redactados para cada país candidato, se prestó una atención especial a los problemas de las minorías.

Sucesivas Asociaciones para la adhesión firmadas con cada uno de los países candidatos de Europa Central y Oriental definen prioridades como la integración de los Romaníes en Bulgaria, la República Checa, Hungría y Rumania, la integración de los no ciudadanos en Letonia y Estonia o el refuerzo de las políticas e instituciones que protegen los derechos de las minorías en Eslovaquia. Dichas prioridades se van revisando en función de los progresos realizados. Actualmente, Turquía no cumple los criterios políticos mencionados en el apartado 3 debido, en particular, al tratamiento de la minoría kurda en su territorio.

Acciones para luchar contra el racismo, la xenofobia y el antisemitismo

Para apoyar a los países candidatos en sus esfuerzos, la UE europea dispone del programa PHARE para los PECO y del programa MEDA para Turquía. Los países candidatos pudieron así adoptar programas gubernamentales destinados a proteger y ayudar a las minorías y luchar contra el racismo. No obstante, deben hacerse progresos en cuanto a aplicación de las medidas adoptadas y su seguimiento a nivel regional y local.

Para preparar a los países candidatos a la adhesión, es también posible abrir los programas comunitarios, además de los organismos y actividades correspondientes a estos países, como el plan de acción contra el racismo, el Observatorio europeo de los fenómenos racistas y xenófobos, la aplicación de las disposiciones del Tratado de Amsterdam relativas a la no discriminación, la utilización de los programas relativos a la educación, a la formación profesional y la juventud y el refuerzo de la sociedad civil (interlocutores sociales y ONG).

Relaciones con las organizaciones internacionales

Para evitar las duplicaciones y garantizar el mejor impacto posible a las acciones ejecutadas, debe reforzarse la cooperación entre la Comisión, el Consejo de Europa, la ONU y la OSCE. La preparación de la conferencia mundial contra el racismo, que se celebrará en el 2001, es coordinada a nivel europeo por el Consejo de Europa y será la ocasión para colaborar con los países candidatos y sus ONG sobre este tema.

En el Anexo, la Comisión proporciona una lista de los instrumentos jurídicos internacionales destinados a luchar contra el racismo y la xenofobia, resume la situación para cada país candidato y enumera el apoyo aportado por la UE en este ámbito.

4) plazo para la aplicación de la normativa en los estados miembros

5) fecha de entrada en vigor (si no coincide con la fecha anterior)

6) referencias

COM (99) 256 finalNo publicado en el Diario Oficial

7) trabajos posteriores

8) medidas de aplicación