Hipócrates

1) OBJETIVO

Apoyar la estrategia europea de prevención de la delincuencia fomentando la cooperación entre los organismos públicos y privados interesados.

2) ACTO

Decisión del Consejo, de 28 de junio de 2001, que establece un programa de estímulo, intercambios, formación y cooperación en el ámbito de la prevención de la delincuencia (Hipócrates) [Diario Oficial L 186 de 07.07.2001].

3) SÍNTESIS

La Comunicación (2000) 786 final presentada por la Comisión al Parlamento europeo y al Consejo, contempla a la elaboración de una estrategia europea de prevención de la delincuencia. La Comunicación prevé la posibilidad de dotar a la Unión de un instrumento financiero con el fin de fomentar la cooperación entre los organismos públicos y privados. La Comisión ha propuesto llamar al programa "Hipócrates", como el fundador de la medicina, cuya divisa era "más vale prevenir que curar".

La complejidad de las actividades criminales así como la diversidad de políticas de lucha contra el crimen llevadas a cabo por los Estados miembros hacen necesario un enfoque pluridisciplinar del fenómeno. La presente Decisión se inspira en la anterior experiencia de gestión de programas en el ámbito de la Justicia y Asuntos de Interior tales como Oisin, Falcone, Stop o Grotius.

La presente Decisión tiene por objeto establecer el programa Hipócrates para un período que va del 1 de enero del 2001 al 31 de diciembre del 2002.

Los países candidatos a la adhesión y los países terceros interesados pueden participar en el proyecto. El proyecto debe asociar al menos a tres Estados miembros con el fin de poder acogerse a la cofinanciación.

El programa puede financiar acciones específicas que tienen un interés con relación a sus prioridades, así como medidas complementarias (seminarios, reuniones de expertos, acciones de difusión de la información).

Los tipos de acción contemplados por el programa son:

La Comisión, en cooperación con los Estados miembros, es responsable de la gestión y aplicación del programa. Redacta un programa de trabajo anual que contiene los objetivos específicos así como una lista de acciones prioritarias.

La Comisión es responsable de la evaluación y selección de los programas sobre la base de una serie de criterios como: la dimensión europea, la apertura a los países candidatos, la complementariedad con otros proyectos de cooperación y la calidad del proyecto por lo que se refiere a la concepción y presentación de los resultados esperados.

Un Comité denominado " comité Hipócrates", compuesto de representantes de los Estados miembros, asiste a la Comisión. Ésta preside al Comité y puede invitar a representantes de los países candidatos a la adhesión a participar en reuniones de información posteriores en las reuniones del Comité.

La Comisión efectúa una evaluación anual de las acciones desarrolladas. Además, cada año la Comisión presenta un informe al Parlamento y al Consejo sobre la aplicación del programa. El primer informe debe ser presentado antes del 31 de julio de 2002.

La presente Decisión entra en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial.

4) trabajos posteriores

5)medidas de aplicación

Última modificación: 08.07.2001