Acceso de los consumidores a la justicia (Libro Verde)

1) OBJETIVO

Permitir el acceso a la justicia y el tratamiento de los litigios transfronterizos para todos los consumidores de la Comunidad.

2) MEDIDA COMUNITARIA

Libro verde de la Comisión, de 16 de noviembre de 1993, sobre el acceso de los consumidores a la justicia y solución de litigios en materia de consumo en el mercado único.

3) CONTENIDO

La situación en los Estados miembros

En este Libro verde, la Comisión expone para cada Estado miembro:

En este estudio comparado se señala que en la mayoría de los Estados miembros se han simplificado los procedimientos judiciales aplicables a los pequeños litigios bien mediante una reforma del código de procedimiento civil, bien mediante la creación de procedimientos simplificados. Éstos permiten reducir los plazos, no tener que recurrir a un abogado o intentar la conciliación con comparecencia personal de las partes.

Por otra parte, se crearon también procedimientos extrajudiciales específicos para resolver los litigios de consumo: conciliación, mediación o arbitraje.

La particularidad de los litigios transfronterizos

La Comisión analiza las dificultades propias de los litigios transfronterizos:

Estos puntos constituyen otros tantos obstáculos para el consumidor a la hora de hacer valer sus derechos.

A continuación, la Comisión analiza los distintos convenios internacionales que se han firmado en la materia y hace hincapié en la insuficiencia de las respuestas que se han dado con respecto a la ley que debe aplicarse en los casos de litigios fronterizos.

A ello hay que añadir las dificultades que plantea la aplicación de los procedimientos simplificados creados en los Estados miembros.

Asimismo, las acciones colectivas previstas en las diversas legislaciones nacionales carecen a menudo de efecto en el caso de prácticas comerciales transfronterizas. Las organizaciones de defensa de los consumidores no están cualificadas o no están interesadas en actuar. Con vistas al buen funcionamiento del mercado único, es necesario encontrar soluciones.

Reflexiones para un debate

Con respecto a las acciones de cesación, deben analizarse tres alternativas a la luz del principio de subsidiariedad:

La ayuda judicial forma también parte de los temas que han de abordarse. Las organizaciones de consumidores disponen de recursos poco importantes y tienen a veces dificultades para ejercer el papel que se les reconoce en caso de litigio nacional. El coste excesivo de los litigios debido a su carácter transfronterizo y su complejidad justifica que se profundice la reflexión.

La Comisión recomienda que se cree un dispositivo de seguimiento de los litigios transfronterizos compuesto por magistrados y expertos independientes para censar los problemas que se encuentren en la práctica y proponer una lista de las prioridades que hayan de abordarse.

Por último, la Comisión propone que se cree un código de buena conducta y desea que se desarrolle el concepto de defensor del pueblo, así como el conjunto de los procedimientos extrajudiciales que permitan reducir el desequilibrio entre el coste del procedimiento judicial transfronterizo y el valor del litigio.

4) plazo para la aplicación de la normativa en los estados miembros

No se aplica..

5) fecha de entrada en vigor (si no coincide con la fecha anterior)

6) referencias

Libro verde COM(93) 576 finalNo se ha publicado en el Diario Oficial

7) trabajos posteriores

El 14 de febrero de 1996, la Comisión presentó una comunicación titulada "plan de acción sobre el acceso de los consumidores a la justicia y la solución de litigios en materia de consumo en el mercado interior" [COM (96) 13 final].

En esta comunicación se evalúa el coste de las fronteras judiciales. A continuación, la Comisión señala el consenso que se alcanzó durante la consulta del Libro verde, en particular en torno a los puntos siguientes:

La Comisión propone un plan de trabajo para establecer los criterios mínimos aplicables al tratamiento de los litigios transfronterizos de consumo a fin de facilitar la creación o la puesta en red de procedimientos extrajudiciales.

La Comisión formula también propuestas para simplificar el acceso a los procedimientos judiciales.

8) disposiciones de aplicación de la comisión