Capital Europea de la Cultura
SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:
¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTA DECISIÓN?
Establecer la manifestación «Capital Europea de la Cultura» (CEC) y definir el proceso de selección de las ciudades para que ostenten el título entre 2013 y 2019, así como el sistema para supervisar la preparación hasta el año del evento.
PUNTOS CLAVE
El programa cultural y su dimensión europea
La solicitud de cada ciudad candidata deberá incluir un programa cultural que ha de cumplir una serie de criterios, dividido en 2 categorías:
El programa tendrá por lo general 1 año de duración. Las ciudades cuyos preparativos para la manifestación sean reconocidos como excelentes pueden ser galardonadas con el Premio Melina Mercouri (nombre de la ministra de cultura griega que lanzó la idea de la capitalidad cultural). Se trata de un premio concedido por la Comisión Europea y financiado por el programa Europa Creativa.
Proceso de selección
Presentación de solicitudes: cada uno de los Estados miembros interesados publicará una convocatoria de presentación de solicitudes a más tardar 6 años antes del inicio de la manifestación en cuestión. A partir de esa fecha, las ciudades interesadas tienen al menos 10 meses para presentar su solicitud.
Preselección: el Comité de selección se reunirá con una antelación mínima de 5 años al inicio de la manifestación para evaluar las propuestas y acordar una lista restringida de las ciudades candidatas que deberán seguir siendo consideradas. El comité está compuesto por 13 expertos, 7 de los cuales son nombrados durante 3 años por el Parlamento Europeo, el Consejo, la Comisión y el Comité Europeo de las Regiones. Los 6 expertos restantes son elegidos por los países europeos interesados.
Selección final: 9 meses después de la primera reunión de selección, el Comité se reunirá nuevamente para evaluar los programas de las ciudades de la lista restringida, desarrollados en más detalle, y recomendar una de ellas como la «CEC». En esta fase, el Comité presenta un informe al país europeo interesado y a la Comisión, en el que formula recomendaciones dirigidas a la ciudad elegida.
Designación: 4 años antes del comienzo de la manifestación, los 2 Estados miembros interesados en el año en cuestión presentarán la solicitud de una ciudad ante las instituciones europeas, a la luz de las recomendaciones del Comité. El Comité nombra oficialmente una ciudad como CEC en los 2 países interesados.
Fase de seguimiento
Derogación
La decisión queda derogada por la Decisión n.º 445/2014/UE relativa a las Capitales Europeas de la Cultura para los años 2020 en adelante. La Decisión n.º 1622/2006/CE sigue siendo aplicable en el caso de ciudades designadas como CEC o que estén en proceso de designación durante los años 2013-2019.
¿CUÁNDO ENTRA EN VIGOR LA DECISIÓN?
La Decisión está en vigor desde el 1 de enero de 2007, excepto en el caso del artículo 5 (sobre la presentación de las solicitudes), que lleva en vigor desde el 23 de noviembre de 2006.
ANTECEDENTES
DOCUMENTO PRINCIPAL
Decisión n.º 1622/2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de octubre de 2006, por la que se establece una acción comunitaria en favor de la manifestación «Capital Europea de la Cultural» para los años 2007 a 2019 (DO L 304 de 3.11.2006, pp. 1–6)
ACTOS CONEXOS
Decisión n.º 445/2014/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de16 de abril de 2014, por la que se establece una acción de la Unión relativa a las Capitales Europeas de la Cultura para los años 2020-2033 y se deroga la Decisión no 1622/2006/CE (DO L 132 de 3.5.2014, pp. 1–12)
última actualización 17.07.2017