Capital europea de la cultura

La designación de la «Capital europea de la cultura» contribuye a valorizar la riqueza, la diversidad y las características comunes de las culturas europeas, y permite un mejor conocimiento mutuo entre los ciudadanos de la Unión Europea.

ACTO

Decisión 1419/1999/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de mayo de 1999, por la que se establece una acción comunitaria en favor de la manifestación «Capital europea de la cultura» para los años 2005 a 2019.

SÍNTESIS

Según la Decisión, a partir del año 2005 la «Capital europea de la cultura» deberá designarse según las siguientes modalidades (artículo 2):

A partir de 2009, en la designación de la ciudad europea se tendrá en cuenta la ampliación de la Unión Europea a 25 Estados miembros, según la lista establecida en el anexo I de la Decisión 649/2005/CE. Podrá modificarse el orden cronológico de común acuerdo entre los Estados miembros interesados.

El expediente de candidatura deberá incluir un proyecto cultural europeo que responda a un tema específico de dimensión europea y esté basado principalmente en la cooperación cultural, de acuerdo con los objetivos y acciones a que se refiere el artículo 151 (antiguo artículo 128) del Tratado. El proyecto podrá realizarse en asociación con otras ciudades europeas.

Dentro del tema elegido, el expediente deberá especificar, en particular, de qué modo la ciudad europea candidata entiende (artículo 3):

La presente iniciativa está abierta a la participación de terceros países europeos. Dichos países podrán proponer la candidatura de una ciudad a ser «Capital europea de la cultura» y deberán informar de ello al Parlamento Europeo, al Consejo, a la Comisión y al Comité de las Regiones. El Consejo deberá decidir por unanimidad y previa recomendación de la Comisión para designar oficialmente una de estas ciudades como «Capital europea de la cultura» por un año, sin perder de vista que sería conveniente disponer de un período de preparación de cuatro años (artículo 4).

Cada ciudad deberá establecer un programa de manifestaciones culturales que realcen la cultura y el patrimonio cultural propios, así como su lugar en el patrimonio cultural común, y asocien actores culturales de otros países europeos con el fin de establecer vínculos de cooperación duraderos (artículo 5).

La Comisión deberá elaborar cada año un informe de evaluación sobre los resultados de la manifestación del año anterior. Este informe deberá presentarse al Parlamento Europeo, al Consejo y al Comité de las Regiones.

Con vistas a la revisión de esta Decisión, la Comisión también podrá presentar las propuestas que considere necesarias para el desarrollo satisfactorio de la presente acción.

La Unión Europea podrá contribuir económicamente a la manifestación «Capital europea de la cultura» mediante su programa marco «Cultura 2000», apoyando cualquier manifestación de dimensión europea prevista en el programa de actividades.

Referencias

Acto

Entrada en vigor

Plazo de transposición en los Estados miembros

Diario Oficial

Decisión 1419/1999/CE

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DO L 166 de 1.7.1999

Acto(s) modificativo(s)

Entrada en vigor

Plazo de transposición en los Estados miembros

Diario Oficial

Decisión 649/2005/CE

26.5.2005

-

DO L 117 de 4.5.2005

ACTOS CONEXOS

Decisión 2005/815/CE del Consejo, de 14 de noviembre de 2005, sobre la manifestación «Capital europea de la cultura» para el año 2009 [Diario Oficial L 305 de 24.11.2005].

El Consejo ha designado dos ciudades como capitales europeas de la cultura para 2009: Linz (Austria) y Vilna (Lituania).

Decisión 2004/659/CE del Consejo, de 27 de mayo de 2004, relativa a la designación de la Capital europea de la cultura 2008 [Diario Oficial L 301 de 28.9.2004]. El Consejo ha designado dos ciudades como capitales europeas de la cultura para 2008: Liverpool (Reino Unido) y Stavanger (Noruega).

Decisión 2004/654/CE del Consejo, de 27 de mayo de 2004, relativa a la designación de la Capital europea de la cultura 2007 [Diario Oficial L 229 de 24.9.2004]. El Consejo ha designado dos ciudades como capitales europeas de la cultura para 2007: Luxemburgo y Sibiu (Rumanía).

Decisión 2003/399/CE del Consejo, de 6 de mayo de 2003, relativa a la designación de la Capital europea de la cultura 2006 [Diario Oficial L 139 de 6.6.2003]. La ciudad griega de Patras ha sido designada Capital europea de la cultura 2006.

Decisión del Consejo, de 7 de mayo de 2002, relativa a la designación de la Capital Europea de la Cultura 2005 [Diario Oficial C 124 de 25.5.2002]. La ciudad de Cork ha sido designada Capital europea de la cultura 2005.

Decisión del Consejo, de 17 de diciembre de 1999, relativa a la designación por el Consejo de los miembros del Comité de selección en el marco de la acción comunitaria «Capital europea de la cultura» [Diario Oficial C 9 de 13.1.2000]. Desde el año 2000, la Comisión reúne cada año a un comité de selección que debe elaborar un informe sobre la(s) candidatura(s) presentada(s) en función de los objetivos y las características de la acción. Este comité está compuesto por altas personalidades independientes con experiencia en el sector cultural. El comité presenta su informe a la Comisión, al Parlamento Europeo y al Consejo. El Parlamento Europeo puede remitir un dictamen a la Comisión sobre la(s) candidatura(s) en un plazo de tres meses a partir de la recepción del informe.

Última modificación: 10.01.2006